Fecha de sanción: 22 de Agosto de 2013.
Fecha de publicaicón en Boletín Oficial de Salta N° 19148: 18
de Septiembre de 2013.
Promulgada por Decreto M.S.P. Nº 2656 del 12/09/13
I.P.S.S. COBERTURA TOTAL EN TRATAMIENTO Y PROVISION DE MEDICAMENTOS AUTORIZADOS
POR LA ANMAT A FAVOR DE AFILIADOS QUE PADEZCAN ENFERMEDADES ONCOLOGICAS
Ref. Expte. N° 91-31.928/13
El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia,
Sancionan con Fuerza de
L E Y
Artículo 1°.- La Obra Social de la Provincia, el Instituto
Provincial de Salud de Salta (IPSS), debe brindar cobertura total en el
tratamiento y provisión de medicamentos, debidamente autorizados por la
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT),
a los afiliados que padezcan enfermedades oncológicas.
Art. 2°.- Lo establecido en el artículo anterior se refiere
a los tratamientos y medicamentos vinculados a la patología oncológica, y sin
perjuicio de las obligaciones que les corresponda asumir a las empresas de
coseguro, en lo relativo al copago.
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la
provincia de Salta, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil
trece.
FIRMANTES
Godoy - Luque - Corregidor - López Mirau
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