La Justicia chilena ordenó a una cadena de farmacias a que
indemnice con casi 6 mil dólares a una familia por haber sustituido los
medicamentos recetados a un menor de edad.
En un fallo unánime la Corte de Apelaciones de Antofagasta
(Chile) condenó a una cadena de farmacias a pagar una multa en beneficio fiscal
y una indemnización por daño moral a clientes, a quienes se le sustituyeron los
medicamentos recetados para el tratamiento de un hijo menor de edad.
La sentencia se encuentra firmada por las ministras de la
segunda sala, Cristina Araya, Virginia Soublette y Dora Mondaca, quienes
condenaron a Salcobrand S.A. a pagar una multa de 25 UTM (unidades tributarias
mensuales) y una indemnización de 3 millones de pesos chilenos, unos 5.798
dólares, a favor de Cristián Pereira Concha y Carmen Gloria Flores, padres de
un niño al que le sustituyeron los medicamentos recetados.
Los jueces, teniendo en cuenta “los antecedentes y la
gravedad de los hechos denunciados por el Servicio Nacional del Consumidor”
confirmaron el fallo dictado en la instancia anterior por el Tercer Juzgado de
Policía Local de Antofagasta que determinó el daño provocado por el cambio de
una receta médica para el tratamiento médico de un hijo de los demandantes.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta entendió que los
hechos “pueden constituir un atentado en contra de la salud pública de los
consumidores” y, eventualmente “generar consecuencias nefastas en el estado de
salud futuro del hijo de los demandantes civiles, a causa del actuar negligente
de los dependientes de la farmacia denunciada”.
En primera instancia el magistrado interviniente consignó
que “en las cajas de los medicamentos vendidos por dependientes de la
denunciada” había “dosis mayores a las recetadas por la médico tratante, lo que
sin ninguna duda produjo en el paciente menor de edad consecuencias que,
afortunadamente, no llegaron a ser de mayor gravedad, pero que derivan de una
grave falta de cuidado y notoria negligencia de quien vendió estos medicamentos
alternativos al incurrir en el error antes señalado”.
“Resulta incuestionable que la actuación de la dependiente
de la denunciada que vendió los medicamentos alternativos cometió un grave
error al indicar dosis que no correspondían a las recetadas por la médico
tratante, ni al gramaje de estos medicamentos sustitutos, lo que evidencia una
negligencia en su actuar, hechos que causaron un menoscabo tanto al paciente
menor de edad como a sus padres, que sufrieron gran aflicción al ver la
conducta inusual de su hijo producto de los medicamentos ingeridos en dosis
superiores a las normales”, se consigna en el fallo.
Por ello, decidieron confirmar la sentencia y aumentar la
indemnización para la familia del menor por “daño moral” que ascendió a 5789
dólares, en pesos chilenos, 3 millones de pesos.
Fuente: Diario Judicial - Fallo completo
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