jueves, 15 de mayo de 2014

Salta: no irá a juicio el juez que frenó un aborto no punible

El Jurado de Enjuiciamiento de la provincia de Salta, en decisión dividida, rechazó la acusación contra Víctor Soria, el juez que había sido denunciado por intentar frenar un aborto no punible en 2013.

Este miércoles el Jurado de Enjuiciamiento de la provincia de Salta rechazó por mayoría la acusación contra Víctor Soria, titular del juzgado de Personas y Familia de Segunda Nominación del Distrito Judicial del Centro, acusado de frenar el aborto no punible a una menor el año pasado.

El Jurado por mayoría sostuvo que la acusación “es inadmisible por no haberse configurado una inusitada gravedad institucional en la conducta” del juez pero marcó que "no puede obviarse la reprochabilidad de la falta de ponderación –y de toda mención-, por parte del mencionado magistrado, del caso “Cari” de la Corte de Justicia de Salta en la sentencia recaída en el proceso de amparo.

El pedido había sido promovido por Verónica Caliva (Fundación entre Mujeres), Adchjian Manasés (Asociación Civil Instituto Laico de Estudios Contemporáneos Argentinos) y Organización No Gubernamental de Desarrollo ILEC.

“El juez doctor Soria no falló sin más “contra legem” sino que controló la constitucionalidad de la normativa aplicable, si bien lo hizo desacertadamente según la evaluación jurídica de la Corte de Justicia de Salta”, dice el voto de mayoría del jurado.

Y agrega: “La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha señalado, al respecto, que no existe óbice para que todo magistrado argentino, federal, nacional o provincial, sea cual fuere su competencia, se pronuncie sobre las cuestiones constitucionales que pudiesen proponerse en los asuntos que deba juzgar”.

Por la mayoría votaron, Guillermo Posadas, Guillermo Catalano, Jorge Soto, María Abilés y Guillermo López Mirau. Mientras que Mónica Lionetto, Manuel Godoy, Alejandra Navarro y Aldo Juárez, votaron en minoría.

Ahora resta que a la Corte de Justicia de Salta evaluar el comportamiento del magistrado en el marco de sus facultades de Superintendencia ya que el camino del jury quedó cerrado.

Fuente: Diario Judicial

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