
Sancionada el 29 de mayo de 2014
Promulgada el 11 de junio de 2014
Boletín Oficial, 17 de junio de 2014
Sumario:
Salud pública. Adhesión provincial a la ley nacional sobre
el Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas, N° 26.928.
Autoridad de aplicación. Plazo para su reglamentación.
Texto completo:
LEY N° 8.682
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Adhiere la Provincia de Tucumán, a la Ley N°
26.928 (Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas).
Art. 2°.- Es Organismo de Aplicación de la presente Ley, el
Ministerio de Salud Pública de la Provincia, por intermedio del Sistema
Provincial de Salud (Si.Pro.Sa).
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo coordinará su accionar con los
organismos nacionales competentes en razón de la materia y, reglamentará la
presente Ley en el plazo de noventa (90) días contados a partir de la fecha de
promulgación.
Art. 4°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de
la Provincia de Tucumán, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil
catorce. Manuel Fernandez, Vicepresidente 2° H. Legislatura de Tucumán. Juan
Antonio Ruiz Olivares, Secretario H. Legislatura de Tucumán.
REGISTRADA BAJO EL N° 8.682.- San Miguel de Tucumán, junio
11 de 2014.-
Promúlguese como Ley de la Provincia, conforme a lo
establecido por el Artículo 71 de la Constitución Provincial, cúmplase,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el Registro
Oficial de Leyes y Decretos. C.P.N.
José Jorge Alperovich
Gobernador de Tucumán.
Pablo Raúl Yedlin
Ministro de Salud Pública
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