Título: Salud. Fertilización Humana Asistida. Ley 26.862.
Adhesión.
Fecha B.O.: 2-jun-2014
Texto de la norma:
Artículo 1.- Adhiérase la Provincia de Entre Ríos a la Ley
Nacional N° 26.862 de Fertilización Humana Asistida, mediante la cual se
garantiza el acceso integral de todas las personas a los procedimientos y
técnicas médico-asistenciales de reproducción humana asistida.
Artículo 2.- El Ministerio de Salud de Entre Ríos será la
autoridad de aplicación de la presente ley. Deberá orientar y asistir a los
beneficiarios de la Ley Nacional N° 26.862 de Fertilización Humana Asistida,
descriptos en su Artículo 2.
Artículo 3.- El Instituto de Obra Social de la Provincia de
Entre Ríos deberá incorporar, como prestación obligatoria, la cobertura
integral de los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción
humana asistida, tanto a sus afiliados como a sus beneficiarios, debiendo
seguir los criterios y modalidades de cobertura que establezca la autoridad de
aplicación de la Ley Nacional N° 26.862.
Artículo 4.- Comuníquese, etcétera.
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