Un grupo de ONG solicitaron al Máximo Tribunal de Justicia
que convoque a una audiencia pública para supervisar el cumplimiento de la
sentencia en un caso de aborto no punible.
Foto: Telam |
Cuatro organizaciones no gubernamentales solicitaron a la
Corte Suprema de Justicia que convoque a una audiencia pública para supervisar
el cumplimiento de la sentencia dictada en el caso “F.,A.L.” sobre aborto no
punible.
Ello puesto que “más de la mitad de las jurisdicciones del
país aún no cuenta con protocolos hospitalarios que aseguren el ejercicio de un
derecho que las mujeres tienen desde 1921”.
La Asociación por los Derechos Civiles (ADC), el Equipo
Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), el Centro de Estudios Legales y
Sociales (CELS) y Amnistía Internacional Argentina, en su calidad de amicus
curiae, solicitaron la audiencia pública.
“A casi dos años del dictado de la sentencia, un informe de
la ADC, muestra que más de la mitad de las jurisdicciones del país aún no
cuenta con una normativa que asegure, de modo efectivo, el ejercicio de un
derecho que las mujeres tienen desde 1921”, dicen desde las organizaciones.
En su presentación, las organizaciones sostienen que “la
situación normativa poco promisoria, así como el persistente activismo judicial
en contra de los derechos de las mujeres, además de la reiteración de casos en
los que se dificulta el acceso al aborto, justifican la celebración de una
audiencia pública”, explicaron.
Ello, “a fin de que la Corte se informe sobre el estado de
situación del acceso al aborto no punible en el país, luego del dictado de su
sentencia y tome las medidas necesarias para lograr su cumplimiento efectivo”.
En aquella sentencia la Corte determinó el alcance del
derecho al aborto no punible, establecido en el artículo 86 del Código Penal.
También, el tribunal “exhortó a las autoridades nacionales, provinciales y de
la Ciudad de Buenos Aires a implementar protocolos hospitalarios a fin de
remover todas las barreras administrativas o fácticas al acceso a los servicios
de atención de los abortos no punibles”.
Fuente: Diario Judicial
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