Compartimos información de elDial.com
En Noviembre pasado se aprobó el Reglamento Interno de la
Comisión Bicameral Permanente (encargada de recibir las consultas) y en su art.
14 se estableció que el plazo de 180 días fijado por la ley 26.939 comenzaría a
correr, no a partir de su publicación en el B.O como la propia ley lo
establece, sino a partir de la aprobación del mencionado Reglamento.
Los ciudadanos contamos entonces con algunos meses más para
involucrarnos en el tema, hacer nuestro aporte y opinar libremente sobre lo que
consideremos equivocado.
Los invitamos a todos a dejar sus comentarios e inquietudes
hasta el 15 de marzo.
Los mismos serán oportunamente recopilados y enviados a la
Comisión Bicameral Permanente del DJA a efectos de su consideración.
¡Participemos! Ingresar al Nuevo Digesto Jurídico Argentino
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