Sancionada el 10 de Septiembre de 2014
Boletín oficial, 8 de Octubre de 2014
Síntesis: sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas.
Adhesión provincial a la ley nacional 26.928 y complementaria de la ley
provincial 7118. Ministerio de Salud Pública. Autoridad de aplicación.
Texto de la norma
Ley Nº 7456
Fecha de sanción: Resistencia, 10 de septiembre de 2014.
Fecha de promulgación: Resistencia, 30 de septiembre de
2014.
Fecha de publicación: B.O. 8/10/2014.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ADHESIÓN A LEY NACIONAL N° 26.928 –CRÉASE EL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL PARA PERSONAS TRASPLANTADAS–
ARTÍCULO 1º: Adhiérese la Provincia del Chaco a la ley
nacional 26.928 –Crea el Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas–,
en todo lo no contemplado por la ley 7118 –Sistema de Protección Integral para
Personas Trasplantadas–.
ARTICULO 2°: El Ministerio de Salud Pública será la
autoridad de aplicación de la presente ley.
ARTÍCULO 3°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la
Provincia del Chaco, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil catorce.
Pablo L. D. Bosch
Secretario
Darío Augusto Bacileff Ivanoff
Presidente
DECRETO Nº 1751
Resistencia, 30 septiembre 2014
VISTO:
La sanción legislativa Nº 7.456; y
CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las
emanadas de la Ley Nº 4.647, y no habiendo observaciones que formular, procede su
promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO EN EJERCICIO
D E C R E T A:
Artículo 1º: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia
del Chaco, la sanción legislativa Nº 7.456, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante
del presente Decreto.
Artículo 2º: Comuníquese, dése al Registro Provincial,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Bacileff Ivanoff
Parra Moreno
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