Resolución 399/14 - Superintendencia de Servicios de Salud
Fecha B.O. : 19-mar-2014
Título: Sistema de Tutelaje de Tecnologías Sanitarias
Emergentes. Incorporación de tecnologías. Fundamentos diagnósticos y
terapéuticos. Requerimientos de información sobre seguridad y efectividad.
Visto los Expedientes Nº 229.789/2013, Nº 236.247/2013, Nº
236.248/2013, Nº 236.249/2013, Nº 236.250/2013, Nº 236.251/2013 y Nº
239.368/2013 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD; el
Decreto Nº 1172 de fecha 4 de diciembre
de 2003, y las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Nº
1561 de fecha 30 de noviembre de 2012 y
Nº 2206 de 3 de julio de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Resolución Nº 2206/13-SSSalud se invitó
a los Agentes del Seguro de Salud y a toda persona física o jurídica, pública o
privada, que invoque un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva
para que presenten propuestas por escrito, de los fundamentos terapéuticos e
informes sobre seguridad y efectividad de las tecnologías detalladas en su
ANEXO I, las cuales integran el listado general del ANEXO VI de la Resolución Nº 1200/12-SSSalud,
incorporado como tal por el artículo 2
de la Resolución Nº 1561/2012-SSSalud.
Que dicha convocatoria constituyó la primera de las tres
etapas establecidas para la presentación de propuestas, en el marco del
Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas, aprobado como
ANEXO V del Decreto Nº 1172/03-PEN.
Que de las propuestas recibidas se han seleccionado las
aportaciones concordantes, incorporándose las mismas a los Informes Rápidos de
Evaluación de Tecnologías Sanitarias (IRETS).
Que la Evaluación de Tecnologías Sanitarias es un ejercicio
complejo de investigación y de producción de información de naturaleza
dinámica, sujeto a las transformaciones provenientes de las variaciones de los
contextos y de acuerdo a la información sanitaria que se vaya obteniendo.
Que se ha procedido a la enunciación de los fundamentos
diagnósticos y terapéuticos para cada uno de los pares necesidad-tecnología,
así como también, de los requerimientos de información sobre efectividad y
seguridad aplicables al ISTEMA DE TUTELAJE DE TECNOLOGIAS SANITARIAS
EMERGENTES.
Que las GERENCIAS DE GESTION ESTRATEGICA, DE CONTROL
PRESTACIONAL, DE ASUNTOS JURIDICOS y la GERENCIA GENERAL han tomado la
intervención de sus respectivas competencias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y
atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 1008 de
fecha 2 de julio de 2012.
Por ello,
LA SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1.- ESTABLECENSE los fundamentos diagnósticos y
terapéuticos y los requerimientos de información sobre seguridad y efectividad
de las tecnologías que se incorporan a partir de la presente al SISTEMA DE
TUTELAJE DE TECNOLOGIAS SANITARIAS EMERGENTES, que se detallan en el ANEXO I,
el cual se aprueba y forma parte integrante de la presente.
Artículo 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial de la República Argentina, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial, y oportunamente, archívese.-
LILIANA KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de
Servicios de Salud.
ANEXO I
Patología: Astrocitoma Anaplásico - Glioblastoma Recidivante
Tecnología: Temozolamida
Fundamento diagnóstico: Anatomía patológica.
Fundamento terapéutico: Tratamiento de pacientes con
glioblastoma de alto grado (Glioblastoma Multiforme o Astrocitoma Anaplásico)
recurrente inoperable, con buen estado funcional (ECOG menor a 2), que se
calcule tengan una expectativa de vida mayor a 1 año al momento de iniciar el
tratamiento.
Fundamento para reintegro: Documentación específica:
*Historia clínica con detalle de estadio evolutivo *Estudios complementarios
*Estadificación. *Si hubiera realizado: protocolo quirúrgico, protocolo de
radioterapia y protocolo de quimioterapia (droga/dosis/ciclos).
*Fundamentación médica del uso de la medicación sobre la
cual se solicita el reintegro con detalle de dosis/tiempo, respuesta, asociación
a otro agente antineoplásico y/o radioterapia, firmada y sellada por
profesional tratante y avalada, además, por el Auditor Médico del Agente de
Salud, con firma y sello. *Consentimiento Informado *Aprobación por parte del
Sistema de Tutelaje de Tecnologías Sanitarias Emergentes.
Información a aportar para el Sistema de Tutelaje de
Tecnologías Sanitarias Emergentes:
Información de efectividad:
Tiempo de sobrevida
Tiempo de sobrevida libre de progresión
Modificación en la calidad de vida (según escala ECOG o
Karnofsky)
Información de seguridad (Informar si el evento ocurrió o
no, adjuntando documentación respaldatoria. De producirse otros efectos
adversos de importancia, los mismos deben ser notificados)
Infecciones que requirieron internación
Neutropenia
Plaquetopenia
Patología: Cáncer en región de Cabeza y Cuello
Tecnología: Cetuximab
Fundamento diagnóstico: Anatomía patológica.
Fundamento terapéutico: Tratamiento de pacientes adultos con
tumores epiteliales de cabeza y cuello en estadios avanzados (enfermedad
irresecable), con buen estado funcional: a) en combinación con radioterapia
para la enfermedad localmente avanzada; b) en combinación con quimioterapia
basada en platino para la enfermedad recurrente y/o metastásica; c) como agente
único ante el fracaso de la quimioterapia previa.
Fundamento para reintegro: Documentación específica:
*Historia clínica con detalle de estadio evolutivo *Estudios complementarios
*Estadificación. *Si hubiera realizado:protocolo quirúrgico, protocolo de
radioterapia y protocolo de quimioterapia (droga/dosis/ciclos).
*Fundamentación médica del uso de la medicación sobre la
cual se solicita el reintegro con detalle de dosis/tiempo, respuesta,
asociación a otro agente antineoplásico y/o radioterapia, firmada y sellada por
profesional tratante y avalada, además, por el Auditor Médico del Agente de
Salud, con firma y sello. *Consentimiento Informado *Aprobación por parte del
Sistema de Tutelaje de Tecnologías Sanitarias Emergentes.
Información a aportar para el Sistema de Tutelaje de
Tecnologías Sanitarias Emergentes:
Información de efectividad:
Tiempo de sobrevida
Tiempo de sobrevida libre de progresión
Modificación en la calidad de vida (según escala ECOG o
Karnofsky)
Información de seguridad (Informar si el evento ocurrió o
no, adjuntando documentación respaldatoria. De producirse otros efectos
adversos de importancia, los mismos deben ser notificados)
Hepatotoxicidad
Neutropenia
Trombosis
Patología: Asma severo
Tecnología: Omalizumab
Fundamento diagnóstico: Cuadro clínico compatible con Asma
Alérgico. Espirometría. Niveles de Inmunoglobulina E y/o Test dérmicos de
alergia.
Fundamento terapéutico: Tratamiento de pacientes adultos con
asma alérgico severo con las siguientes condiciones: a) estadio IV de GINA
inestable, refractario a tratamiento farmacológico a dosis máximas, (agonistas
B2-adrenérgicos de larga duración inhalatorios asociados a altas dosis de
corticoesteroides inhalatorios). La refractariedad se define como 2 crisis en
el año que requiere hospitalización o 3 en un año que requieren tratamiento
asistencial con al menos una internación; b) descartar falta de adherencia o
uso incorrecto de los medicamentos; c) mayor de 12 años de edad; d) no fumador
o inscripto en plan de cesación tabáquica; e) niveles elevados de
inmunoglobulina E y/o test de reactividad cutánea.
Si no se observa mejoría a la semana 16 de tratamiento debe
evaluarse la suspensión del mismo.
Fundamento para reintegro: Documentación específica:
*Historia clínica con detalle de antecedentes, estadio evolutivo y tratamientos
previos. *Estudios complementarios:Espirometría, niveles de IgE y/o test de
reactividad cutánea *Detalle de internaciones si hubiera tenido.
*Fundamentación médica del uso de la medicación sobre la cual se solicita el
reintegro con detalle de dosis/tiempo, respuesta, asociación a otros agentes
orales o inhalatorios para control del asma, firmada y sellada por profesional
tratante y avalada, además, por el Auditor Médico del Agente de Salud, con
firma y sello. *Consentimiento Informado *Aprobación por parte del Sistema de
Tutelaje de Tecnologías Sanitarias Emergentes.
Información a aportar para el Sistema de Tutelaje de Tecnologías
Sanitarias Emergentes:
Información de efectividad:
Número de internaciones en el período por asma
Número de consultas a urgencias que requirieron corticoides
sistémicos
Modificación en la calidad de vida (Escala AQLQ o similar)
Información de seguridad (Informar si el evento ocurrió o
no, adjuntando documentación respaldatoria. De producirse otros efectos
adversos de importancia, los mismos deben ser notificados)
Neoplasias
Reacciones alérgicas severas relacionadas con la
administración
Infecciones parasitarias
Patología: Hemoglobinuria Paroxística Nocturna
Tecnología: Eculizumab
Fundamento diagnóstico: Cuadro clínico que suele presentarse
como anemia grave, con cifras de hemoglobina bajas, leucopenia y
trombocitopenia. Test de sensibilidad de los glóbulos rojos (Test de Ham,
prueba de Sucrosa, prueba de Sacarosa, prueba de Trombina). Citometría de flujo
donde se demuestra la presencia de glóbulos rojos y/o granulocitos carentes de
proteínas de membrana ligadas al GPI mediante el uso de anticuerpos
monoclonales (CD55 y CD59).
Fundamento terapéutico: Pacientes mayores de 18 años de
edad, con diagnóstico de Hemoglobinuria Paroxística Nocturna, con antecedentes
de por lo menos cuatro transfusiones en los últimos 12 meses, que no se encuentren
cursando infección aguda por Neisseria meningitidis, y cuenten con vacunación
para Neisseria meningitidis.
Fundamento para reintegro: Documentación
específica:*Historia clínica con detalle de antecedentes, estadio evolutivo y
tratamiento utilizados *Estudios complementarios para arribar al diagnóstico
(ver detalle de Fundamento diagnóstico) *Fundamentación médica del uso del
agente biológico sobre el cual se solicita el reintegro con detalle de
dosis/tiempo, respuesta, asociación a otros tratamientos, firmada y sellada por
profesional tratante y avalada, además, por el Auditor Médico del Agente de
Salud, con firma y sello. *Consentimiento Informado (dejar constancia del
consejo genético y/o inscripción del paciente en programa de trasplante de
médula ósea) *Aprobación por parte del Sistema de Tutelaje de Tecnologías
Sanitarias Emergentes.
Información a aportar para el Sistema de Tutelaje de
Tecnologías Sanitarias Emergentes:
Información de efectividad:
Número de transfusiones
Niveles de LDH, hemoglobina y reticulocitos
Eventos tromboembólicos, con detalle del número y
localización
Información de seguridad (Informar si el evento ocurrió o
no, adjuntando documentación respaldatoria. De producirse otros efectos
adversos de importancia, los mismos deben ser notificados)
Infección por meningococo
Neoplasias
Reacciones infusionales
Patología: Síndrome Urémico Hemolítico Atípico
Tecnología: Eculizumab
Fundamento diagnóstico: Cuadro clínico de insuficiencia
renal aguda, anemia hemolítica microangiopática y trombocitopenia grave, con
microangiopatía selectiva a nivel renal y manifestaciones isquémicas en otros
órganos blancos (sistema nervioso central, páncreas, miocardio). Exámenes
complementarios: determinación de infección por E. Coli O157:H7, alteraciones
del complemento (C3, C4, FH, FI, FB), determinación de mutaciones (FH, FI, MCP,
C3, FB +/- THBD).
Fundamento terapéutico: Pacientes adultos y pediátricos con
diagnóstico de SHU atípico, con manifestaciones microangiopáticas, que no se
encuentren cursando infección aguda por Neisseria meningitidis, y cuenten con
vacunación para Neisseria meningitidis.
Fundamento para reintegro: Documentación
específica:*Historia clínica con detalle de antecedentes, estadio evolutivo y
tratamiento utilizados *Estudios complementarios para arribar al diagnóstico
(ver detalle de Fundamento diagnóstico) *Fundamentación médica del uso del
agente biológico sobre el cual se solicita el reintegro con detalle de
dosis/tiempo, respuesta, asociación a otros tratamientos, firmada y sellada por
profesional tratante y avalada, además, por el Auditor Médico del Agente de
Salud, con firma y sello. *Consentimiento Informado (dejar constancia del
consejo genético y/o inscripción del paciente en programa de trasplante renal)
*Aprobación por parte del Sistema de Tutelaje de Tecnologías Sanitarias
Emergentes.
Información a aportar para el Sistema de Tutelaje de
Tecnologías Sanitarias Emergentes:
Información de efectividad:
Manifestaciones tromboangiopáticas
Utilización de plasmaféresis
Función renal y recuento plaquetario
Sobrevida libre de progresión y/o hasta recurrencia
Sobrevida global
Información de seguridad (Informar si el evento ocurrió o
no, adjuntando documentación respaldatoria. De producirse otros efectos
adversos de importancia, los mismos deben ser notificados)
Infección por meningococo
Neoplasias
Reacciones infusionales
Patología: Mucopolisacaridosis tipo VI
Tecnología: Galsulfasa
Fundamento diagnóstico: Actividad disminuida de la enzima
N-acetilgalactosamina 4-sulfatasa.
Fundamento ter apéutico: Pacientes con diagnóstico
confirmado de Mucopolisacaridosis tipo VI. Se sugiere especialmente el
tratamiento en pacientes con daño de órgano blanco, en quienes se sustenta la
mayor evidencia de efectividad: a) apneas del sueño: más de 1 evento/hora en
menores de 18 años o más de 5 eventos/hora en mayores de 18 años; b) saturación
de oxígeno nocturna: 10% o Euroscore logístico >20%), o pacientes en los
cuales el reemplazo valvular aórtico convencional se encuentre contraindicado
por un equipo quirúrgico. Los pacientes deben tener las sigui entes
condiciones:a) anillo aórtico entre 18 y 29 mm; b) expectativa de vida mayor a
1 año, en ausencia de enfermedades terminales o severas sin posibilidad de
curación; c) no presentar trombos en ventrículo izquierdo, endocarditis ni
condiciones con alto riesgo de obstrucción del ostium coronario; d) no
presentar válvula aórtica bicúspide; e) fracción de eyección mayor al 20%.
Fundamento para reintegro: Documentación específica:
*Historia clínica con detalle del diagnóstico, estadio evolutivo y
requerimiento de reemplazo valvular aórtico *Estudios complementarios que
avalen la indicación (ver fundamentos diagnósticos) *Parte quirúrgico.
*Fundamentación médica del uso de la tecnología sobre la cual se solicita el
reintegro con detalle del parte quirúrgico y evolución postoperatoria, firmada
y sellada por profesional tratante y avalada, además, por el Auditor Médico del
Agente de Salud, con firma y sello. *Consentimiento Informado *Aprobación por
parte del Sistema de Tutelaje de Tecnologías Sanitarias Emergentes.
Información a aportar para el Sistema de Tutelaje de
Tecnologías Sanitarias Emergentes:
Información de efectividad:
Mortalidad periprocedimiento
Mortalidad dentro de los 30 días
Tiempo de sobrevida
Capacidad funcional o calidad de vida
Información de seguridad (Informar si el evento ocurrió o
no, adjuntando documentación respaldatoria. De producirse otros efectos
adversos de importancia, los mismos deben ser notificados)
Complicaciones periprocedimiento
Mal posicionamiento del dispositivo
Necesidad de Colocación de marcapasos
Bloqueo AV completo
Accidente cerebrovascular
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