Salud bucal. Se crea programa destinado a proveer de prótesis dentales a la población de bajos recursos.
Fecha de sanción: Paraná, 24 de setiembre de 2013.
Fecha de promulgación: Paraná, 16 de octubre de 2013.
Fecha de publicación: B.O. 23/10/2013.
Sumario:
Salud pública. Se crea un Programa Entre Ríos Sonríe,
destinado a proveer de prótesis dentales a la población entrerriana de bajos
recursos. Requisitos. Alcance.
Texto:
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de
L E Y :
Art. 1º: Créase el Programa Entre Ríos Sonríe, el que tiene
por objeto proveer de prótesis dentales a la población entrerriana de bajos
recursos.
Art. 2º: El Programa está destinado a las personas que
reúnan los siguientes requisitos:
a) Que no posean obra social ni medios económicos para
afrontar los gastos necesarios para el alta integral odontológica;
b) Que hayan desarrollado habilidades para el autocuidado de
la salud bucal;
c) Que cumplan con el objetivo de concurrir semestralmente
al odontólogo a la visita preventiva.
Art. 3º: El Programa se aplicará en los hospitales
dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, llevándose
a cabo por personal capacitado de estas dependencias, debiendo las prótesis ser
confeccionadas por protesistas matriculados.
Art. 4º: El Ministerio de Salud de la Provincia de Entre
Ríos designará a los profesionales encargados de la confección de las prótesis
de la lista de matriculados que proveerá el Colegio de Protésicos Dentales de
la provincia de Entre Ríos.
Art. 5º: El costo de las prótesis será solventado con fondos
del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.
Art. 6º: El Ministerio de Salud podrá firmar convenios con
los municipios a fin de llevar adelante el Programa en todo el ámbito
provincial.
Art. 7º: El Ministerio de Salud reglamentará la presente ley
dentro de los sesenta días. desu promulgación.
Art. 8º: Comuníquese, etcétera. Paraná, Sala de Sesiones, 24
de setiembre de 2013
José Orlando Cáceres
Presidente H.C. de Senadores
Mauro G. Urribarri
Secretario H.C. de Senadores
José A. Allende
Presidente H.C. de Diputados
Nicolás Pierini
Secretario H.C. de Diputados
Paraná, 16 de octubre de 2013
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése
al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
Ministerio de Gobierno y Justicia, 16 de octubre de 2013. Registrada
en la fecha bajo el Nº 10248.
CONSTE
Adán Humberto Bahl.
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