Emitida el 17 de Julio de 2014
Boletín oficial, 25 de Julio de 2014
Síntesis:
Productos que se podrán vender sin exclusividad en Farmacias
situadas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sujetas al régimen
de la Ley N° 17.565 y con los alcances establecidos en el Decreto reglamentario
7.123/68.
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