miércoles, 6 de mayo de 2015

Se ordena a prepaga brinde cobertura integral de tratamiento de fertilización asistida con ovodonación

Partes: L. C. C., M. P. c/ OSDE s/ amparo de salud

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial (Capital Federal)
Fecha: 17 de Abril de 2015

Síntesis: Ordena, a una empresa de medicina prepaga, otorgar la cobertura integral de un tratamiento de fertilización ICSI con óvulos y semen donado a una afiliada a la que se le había diagnosticado esterilidad secundaria de segundo año de evolución por insuficiencia ovárica. La solicitante tiene 46 años de edad, no se encuentra en pareja en la actualidad y, en virtud de aquél diagnóstico, se le indicó el referido tratamiento de fertilización asistida. El a quo había denegado la solicitud por considerar que la misma excedía el marco de la técnica de fertilización asistida al requerir la donación de óvulos. Afirma que la propia ley 26.862, de reproducción asistida, establece que sus disposiciones son de orden público (art. 10), y que su objeto consiste en garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico asistenciales de reproducción asistida (art. 1°), tanto de baja como de alta complejidad que incluyan o no la donación de gametos y/o embriones (art. 2°).

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Los comentarios con contenido inapropiado no serán publicados. Si lo que Usted quiere es realizar una consulta, le pedimos por favor lo haga a través del link de Contacto que aparece en este blog. Muchas gracias