miércoles, 29 de enero de 2014

La farmacia “polirrubro” tiene fecha de vencimiento: el 11 de marzo deberá adecuarse a la normativa

Lo confirmó esta semana el ministerio de Salud de la Nación, que fijó la fecha para que los mostradores retiren golosinas, bebidas y otros productos no autorizados. Aclaró que los 90 días de plazo que había otorgado son “hábiles administrativos”, y no corridos, como se especuló.

Cuando el 23 de octubre el ministerio de Salud de la Nación dictaminó la resolución 1.632/13, le dio 90 días a las farmacias para eliminar de la venta golosinas, bebidas y una serie de productos no farmacéuticos, que debían dejar de venderse, transformando a los mostradores en verdaderas postas sanitarias. Si se contaban los 90 días de forma corrida, el plazo para adecuarse vencía ayer, 23 de enero. Pero la cartera sanitaria aclaró que los días que se cuentan son “hábiles administrativos”, por lo cual la farmacia “polirrubro” tiene fecha de vencimiento confirmada: será el 11 de marzo, cuando deberán dejar de ofrecer los productos que figuran en la lista prohibida.

Mediante un comunicado, Salud aclaró la forma de contar los días, lo que hecho luz sobre una medida resistida por las grandes cadeneras del país, con Farmacity a la cabeza, ya que desarma su modelo de farmacia “drugstore” que vende al igual medicamentos cosméticos, golosinas y otros elementos que deben estar en kioscos. Así, la cartera sanitaria fijó que el plazo de adecuación “venza finalmente el 11 de marzo”.

Cabe recordar que la resolución 1632/13, publicada en noviembre en el Boletín Oficial, precisa que las farmacias “sólo podrán dedicarse a la venta de recetas preparadas, dispensa de drogas, medicamentos, incluidos de venta libre y especialidades farmacéuticas cualquiera sea su condición de expendio, además de los productos destinados a la higiene o estética de las personas y productos para diagnósticos”. Esto deja fuera de los mostradores cualquier tipo de alimentos, bebidas, productos deportivos, y otras cosas que se suelen ver en las cadenas del sector.

La resolución obliga a las farmacias a retirar los productos que no están permitidos en un plazo de 90 días (hábiles administrativos), los que obligará a varias cadenas a modificar su esquema de negocios, que además de medicamentos, comercializan productos alimenticios, de kioscos, y otros enseres. Una vez superado ese lapso, se comenzarán a aplicar las sanciones correspondientes.

n la provincia de Buenos Aires, la resolución fue saludada, y se destacó que es parte del reconocimiento de la farmacia como parte integral del sistema sanitario. En este sentido, recordaron que la ley provincial 10.606 está en línea con esta idea, y se aplica de forma concreta. Lo mismo sucede en Capital Federal, donde el Colegio de Farmacéuticos y Bioquímicos de la Capital Federal recordó que la norma cancela la chance de vender alimentos en general, artículos electrónicos y otros productos en las farmacias. "Esta reglamentación deja sin efecto el polirrubro, como la venta de CD o golosinas", informó Claudio Ucchino, titular de la entidad.

Por el contrario, las grandes superficies se niegan a adaptarse a la norma. En especial, la pelea contra este paso a la normalidad es dado por Farmacity, la principal cadenera del país según declaró su CEO Mario Quintana, la medida de Salud “intenta frenar la expansión de Farmacity”, y le apunta a los laboratorios: “en los últimos 50 locales inaugurados no se habiliten los descuentos para afiliados al PAMI, obras sociales y prepagas, un sistema del que la llave la tiene la industria de medicamentos”.

Pese a que la disposición es considerada “un paso a la normalidad”, existe preocupación porque muchas provincias ya anticiparon que no adherirán a la norma. n Mendoza, desde el gobierno afirman que tienen reglas locales que son suficientes para controlar el sector. En Misiones, piden centrar los esfuerzos en la lucha del mercado negro. Hay dudas en otras provincias, como Córdoba.

Según la resolución, las farmacias sólo podrán vender recetas preparadas, drogas, medicamentos, productos de higiene o estética y para diagnósticos, y otros con propiedades “profilácticas, desinfectantes, insecticidas u otras análogas”.

Fuente: Mirada Profesional Farmacéutica

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