viernes, 3 de julio de 2015

Entre Ríos: quieren regular la profesión de instrumentadores quirúrgicos

Un proyecto de ley presentado en la Cámara baja provincial pretende regular en la provincia el ejercicio de la profesión en Instrumentación Quirúrgica, y derogar la ley 9680, para dictar una nueva norma que contemple la realidad emergente del desarrollo técnico-científico experimentado desde la promulgación de la citada norma, registró AIM. En lo jurídico, apunta a efectivizar, promover, prevenir, proteger, resguardar y reconocer los derechos de estos profesionales.

El antecedente

Pretenden regular en la provincia el ejercicio de la profesión en Instrumentación Quirúrgica.En los fundamentos del proyecto, a los que accedió esta Agencia, se recuerda que en 1974, mediante el dictado del decreto 1226 del Poder Ejecutivo Nacional, se reconoció e incorporó a la instrumentación quirúrgica dentro de las actividades de colaboración.

Por medio de la resolución 419/74, el ministerio de Bienestar Social, secretaría de Estado de Salud Pública, se dispuso reglamentar la actividad del instrumentador de cirugía, dándole un marco legal. A partir de año 1975 la profesión se incluyó en los listados del ministerio de Bienestar Social, secretaría de Estado de Salud Pública, sub área de contralor del ejercicio profesional, y en 1976 se otorgó la matrícula profesional.

En forma paralela a este proceso, en Entre Ríos comienza a gestarse el dictado de una carrera corta, en la Facultad de Ciencias de la Salud de Concepción del Uruguay, dependiente de la Universidad Nacional de Entre Ríos (Uner), primera universidad nacional y pública en dictarla. El personal que egresó de esta institución de altos estudios fue incorporándose a los distintos establecimientos con centros quirúrgicos, no solo en nuestra provincia, sino también en el resto del país, por lo que el equipo quirúrgico que contaba con personal empírico hasta ese momento, pasó a tener un miembro activo como lo era ese nuevo profesional, que contaba con un alto nivel de formación académica.

Por eso se formuló un proyecto de ley para regular el ejercicio profesional, concretándose el 27 de febrero de 2006 con la promulgación de la ley 9680, publicada en el Boletín Oficial el día 3 de marzo del mismo año. Esa norma regula el ejercicio profesional del Instrumentador Quirúrgico dentro del ámbito de la provincia, pero la norma nunca llegó a reglamentarse.

A posteriori, y a raíz de los avances científicos y tecnológicos y la complejidad que fueron adquiriendo los distintos hospitales, como también el creciente número y complejidad en las diferentes especialidades de intervención quirúrgica, llevó al capital humano en actividad a replantearse que no podía seguir como instrumentador quirúrgico universitario solamente, transmitiendo esa inquietud a la institución formadora para que posibilite mayor formación y capacitación de estos recursos humanos y que permita el crecimiento y jerarquización de esta disciplina.

La licenciatura en Instrumentación Quirúrgica permitió ampliar el espacio físico laboral, como también la incorporación de nuevas áreas y salir de éstas hacia la comunidad, incorporándose como facilitador de la promoción de la salud de los sujetos.

El perfil e incumbencias adquiridas por el licenciado en instrumentación quirúrgica, el cual los posiciona con nuevas misiones y visiones en el campo de la salud, como la aspiración a cargos jerárquicos, realizando gestión, asistencia, docencia, investigación, extensión, prevención y promoción, no se encuentran contempladas en la citada ley 9680.

El objetivo

La idea del proyecto reside en contemplar y hacer efectivo el reconocimiento de ese nuevo perfil e incumbencias adquiridas por el profesional de la instrumentación quirúrgica, siendo el principio rector de esta nueva ley, resaltar y señalar sus características propias y comprender al mismo tiempo que se encuentra en un constante proceso evolutivo, lo cual deviene en la necesidad de legislar en dicho sentido, por lo que esta iniciativa propone la derogación de la normativa en cuestión.

Establece también la modificación del régimen jubilatorio y la bonificación  por riesgo profesional, que no se percibe en la actualidad, teniendo en cuenta los factores de riesgo a los cuales están sometidos los trabajadores como el tiempo de exposición durante la jornada laboral a los gases anestésicos residuales, rayos X, fluidos, líquidos de alto nivel tóxico como el glutaraldehido para realizar desinfección de alto nivel, a igual manera que la utilización de formol al 40 por ciento para la preparación de piezas anátomo-patológicas, las cuales son altamente cancerígenas y abortivas. Sin dejar de lado las centrales de esterilización, área que en la provincia incluye a los instrumentadores quirúrgicos, los cuales tienen a su cargo la manipulación de óxido de etileno para procesos de esterilización.

Por lo mencionado, el personal de instrumentación quirúrgica es el más afectado debido al stress que la situación descripta genera, teniendo en cuenta que son áreas cerradas donde desarrollan la actividad, por lo que es necesario que esta condición riesgosa no se convierta en un evento trágico.

Asimismo, el proyecto establece la creación de órganos administrativos que formulen, coordinen, orienten, supervisen, ejecuten y controlen las políticas, programas y acciones en el ámbito de la instrumentación quirúrgica en nuestra provincia, a través de acciones desarrolladas por efectores del sector público y del sector privado, marcando este punto un avance importante en la aplicación de programas o planes, ya que en Entre Ríos las diferencias económicas y socioculturales están delimitadas y marcadas de acuerdo con el lugar o espacio en el cual se opera.

La actualidad demuestra que el desarrollo propio y particular del profesional de la instrumentación quirúrgica ha desbordado su primigenio ámbito de actuación, trascendiendo de éste hacia la comunidad, incorporándose como facilitador de la promoción de la salud de los sujetos. Se produce así un cambio fundamental con la intervención protagonista del Estado a través de políticas sociales básicas, asistenciales y especiales en el ámbito de la salud, que conllevan un cambio sustancial respecto a la original función e incumbencias del instrumentador  Quirúrgico.

El proyecto recepta un cambio de paradigma y en lo jurídico, apunta a efectivizar, promover, prevenir, proteger, resguardar y reconocer los derechos de los instrumentadores quirúrgicos.

Fuente: AIM Digital

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