martes, 16 de agosto de 2016

Colombia: si no se opone en vida, usted será un donante de órganos

La Ley 1805 convierte a todo colombiano adulto en donante en potencia. 

Las instituciones autorizadas pueden usar los órganos y tejidos de un cadáver, excepto cuando la persona, en vida, haya manifestado su negativa.Diferentes opiniones ha generado la Ley 1805, sancionada esta semana por el presidente Juan Manuel Santos, que convierte en donantes de órganos y tejidos a todos los colombianos que no hayan expresado en vida su negativa a serlo y que, además, deja a la familia por fuera de estas decisiones.

Si bien la figura de la presunción legal de la donación está vigente en el país desde 1988, de acuerdo con el representante Rodrigo Lara, ponente de la ley, la nueva norma la ratifica sobre el precepto de que un tercero, así sea familiar, no puede modificar la voluntad de una persona que en vida tuvo toda la libertad para expresar su negativa a la donación y no lo hizo.
  
Este argumento pretende revertir la tendencia creciente de las familias de oponerse al uso de los órganos de sus muertos, pues según la Red Nacional de Trasplantes, ha aumentado de más del 11 por ciento en menos de dos años.

De igual forma, Alejandro Niño, expresidente de la Asociación Colombiana de Trasplantes, dice que con esto también se pretende resolver la crisis de donación de órganos en el país, cuya tasa es hoy de 7,2 donantes por millón de habitantes, una de las más bajas de América Latina, ya que en promedio alcanza 23 donantes por millón de habitantes.

Todo, en palabras del viceministro de Salud Fernando Ruiz, para atenuar el sufrimiento y la angustia de más de 3.000 personas que esperan un órgano en una lista que crece cada año. Ruiz, que además de ver la medida como algo que el sistema de salud estaba necesitando, no duda en calificarla como un precepto de avanzada que acerca el tema de la donación de órganos a todas las personas, sin distingos y sin importar la decisión que tome, “algo muy trascendental desde el plano cultural”.

Pero otra cosa piensa, frente a este potencial cambio cultural, la hermana María Inés Delgado, trasplantada de hígado hace 20 años y vocera de los pacientes renales y hepáticos en Colombia, quien no duda en respaldar la ley, pero le antepone las limitaciones promovidas por las creencias de las personas y el peso, indiscutible, que tiene la familia en una sociedad como la colombiana a la hora de tomar decisiones que tocan temas tan difíciles como la muerte.

En ese sentido, personas como el comunicador Luis N. Galvis dicen que “el cuerpo merece un entierro natural, sin mutilaciones forzadas, porque si la Biblia resulta cierta, las partes que queden después de la descomposición normal van a ser necesarias”, argumento con que ha orientado a su familia para que no entreguen sus órganos y se muestra partidario de que todas las personas lo expresen ante quien sea antes de morir. Por supuesto, la ley le parece una “real aberración”.

Calificación que choca de frente con las esperanzas de Iván Pardo, que desde hace 5 meses espera un riñón para lograr separarse de la máquina de diálisis a la que tiene que conectarse tres veces por semana. “Esta ley llega como caída del cielo, porque nadie se imagina lo que es estar pendiente, día y noche, de un teléfono con la ilusión de que la llamada que entra es para decirnos que ya tengo el riñón que necesito para seguir viviendo”, dice Pardo, mientras se le quiebra la voz al decir que ojalá la gente entienda que donar un órgano es donar vida.

Por su parte, en el sector salud existen muchas inquietudes sobre la forma cómo la reglamentación de la norma dará las guías administrativas y operativas para llevarla a la práctica. Jaime Arias, presidente de Acemi (gremio que agrupa a la mayoría de las EPS del contributivo), califica la presunción de donación como un gran avance para toda la población. Sin embargo, considera que los aspectos financieros y ejecutivos deben quedar muy claros, en momentos en que la salud atraviesa por una crisis de recursos. “Costos, tarifas, financiación y demás aspectos no deben convertirse en una barrera, por lo que urge definirlos con precisión”, dice Arias.

En eso coinciden los pacientes de alto costo que a través de su vocero Néstor Álvarez consideran de gran beneficio todos los aspectos de la ley, sobre todo que pone en cintura la posibilidad de que los extranjeros con dinero se beneficiarán de los órganos donados por los colombianos. “Eso quedó muy bien, lo que queda es que se eduque a toda la gente para que sepa que es donante para que no haya sorpresas”, insiste.

Mientras el viceministro Ruiz Gómez ve la ley como una de las más audaces y completas en el mundo, Luis N. Galvis insiste en que esta impide tener un cuerpo íntegro para cuando llegue la resurrección.

‘La vida se mide en minutos’

“Tenerlo sería más que ganarme una lotería”, dice Iván Pardo, un periodista de 56 años que desde hace 5 meses espera por un riñón que le permita desprenderse de la máquina de diálisis, a la que tiene que conectarse cada día de por medio, y poder llevar una vida normal.

Mantener su teléfono celular con la batería cargada y con el sonido del timbre en lo más alto se le convirtió en obsesión, tanto que no se aparta de él ni para ir al baño, porque tiene la ilusión de que en cualquier momento lo llamen para anunciarle que alguien le ha dejado el órgano que necesita.

“He soñado con eso varias veces y algunas noches me he despertado angustiado y con la sensación de que no escuché la llamada”, dice Pardo. Ha aprendido a respetar a los muertos y no le preocupa ni le angustia de quién pueda provenir el anhelado riñón, por el contrario, considera a los donantes y sus familiares como parte de su familia.

“Dar una parte de ellos, para que otro pueda vivir, es el mayor gesto de humanidad que alguien puede tener”. Se queja del sinnúmero de trámites que tienen que enfrentar las personas de su condición para ingresar a la recta final de un trasplante, porque lo de la espera es apenas una parte del proceso.

“Las cosas son tan difíciles que pedir una cita, solicitar un examen y hasta la vuelta más sencilla terminan siendo una tortura. Parecen hechas a propósito para que uno se aburra”.

Con la debilidad que dejan 4 horas de diálisis, dice que la nueva ley, si se llega a cumplir, es como un regalo caído del cielo y que solo aguarda que la gente entienda que esperar un órgano es como medir la existencia en minutos, donde la única esperanza para poder hablar de mañana con certeza está en que hayan donantes. “Todos podemos necesitar un órgano en cualquier momento, por eso no es equivocado que todos seamos donantes”.

La ley que es un deber conocer

Sancionada el 4 de agosto, la Ley 1805 tiene por objeto consolidar la presunción legal de donación de órganos y tejidos para fines de trasplantes y otros usos terapéuticos. ¿Quiénes son donantes? En adelante todos los colombianos lo son. Eso quiere decir que las instituciones autorizadas pueden usar los órganos y tejidos de un cadáver, excepto cuando la persona, en vida, haya manifestado su negativa.

¿Cómo es la negación? Toda persona puede oponerse a la presunción legal de donación expresando su voluntad mediante un documento escrito autenticado ante notario, y además debe radicarlo en el Instituto Nacional de Salud (INS). También se puede dejar constancia de la oposición al momento de afiliarse a una EPS.

¿Cuál es el papel de la familia? Ninguno en el caso de los adultos. A partir de esta norma, lo único válido es la voluntad de la persona. Si la persona no deja constancia de no ser donante, los familiares no podrán oponerse a la utilización de los órganos o los tejidos. En el caso de los niños, la voluntad de la decisión de la familia sigue teniendo validez.

¿Quiénes pueden disponer de los órganos? Solo las instituciones de salud habilitadas y certificadas por la Red Nacional de Trasplantes.

¿Quién garantiza que todo se cumpla? El Instituto Nacional de Salud (INS) a través de la Red Nacional de Trasplantes. También vigila la Supersalud.

¿Y los extranjeros? No se pueden trasplantar extranjeros, excepto que sea residente en el país o que sea cónyuge, compañero permanente (con más de dos años de convivencia) o demuestre grados de consanguinidad, afinidad o parentesco civil con el donante. Prelación. En la lista de espera tienen prelación las personas que hayan manifestado su voluntad de ser donantes y las que no hayan objetado la presunción legal de donación.

Sanciones. El tráfico de órganos o tejidos y el uso y disposición inadecuada de ellos serán castigados con penas entre 3 y 6 años de prisión.

Vigencia. La ley entrará en plena vigencia dentro de seis meses, plazo que tienen las instituciones para adaptarse a la norma.

Fuente: El Tiempo

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