La Ley 1805 convierte a todo colombiano adulto en donante en
potencia.
Diferentes opiniones ha generado la Ley 1805, sancionada
esta semana por el presidente Juan Manuel Santos, que convierte en donantes de
órganos y tejidos a todos los colombianos que no hayan expresado en vida su negativa
a serlo y que, además, deja a la familia por fuera de estas decisiones.
Si bien la figura de la presunción legal de la donación está
vigente en el país desde 1988, de acuerdo con el representante Rodrigo Lara,
ponente de la ley, la nueva norma la ratifica sobre el precepto de que un
tercero, así sea familiar, no puede modificar la voluntad de una persona que en
vida tuvo toda la libertad para expresar su negativa a la donación y no lo
hizo.
Este argumento pretende revertir la tendencia creciente de
las familias de oponerse al uso de los órganos de sus muertos, pues según la
Red Nacional de Trasplantes, ha aumentado de más del 11 por ciento en menos de
dos años.
De igual forma, Alejandro Niño, expresidente de la
Asociación Colombiana de Trasplantes, dice que con esto también se pretende
resolver la crisis de donación de órganos en el país, cuya tasa es hoy de 7,2
donantes por millón de habitantes, una de las más bajas de América Latina, ya
que en promedio alcanza 23 donantes por millón de habitantes.
Todo, en palabras del viceministro de Salud Fernando Ruiz,
para atenuar el sufrimiento y la angustia de más de 3.000 personas que esperan
un órgano en una lista que crece cada año. Ruiz, que además de ver la medida
como algo que el sistema de salud estaba necesitando, no duda en calificarla
como un precepto de avanzada que acerca el tema de la donación de órganos a
todas las personas, sin distingos y sin importar la decisión que tome, “algo
muy trascendental desde el plano cultural”.
Pero otra cosa piensa, frente a este potencial cambio
cultural, la hermana María Inés Delgado, trasplantada de hígado hace 20 años y
vocera de los pacientes renales y hepáticos en Colombia, quien no duda en
respaldar la ley, pero le antepone las limitaciones promovidas por las
creencias de las personas y el peso, indiscutible, que tiene la familia en una
sociedad como la colombiana a la hora de tomar decisiones que tocan temas tan
difíciles como la muerte.
En ese sentido, personas como el comunicador Luis N. Galvis
dicen que “el cuerpo merece un entierro natural, sin mutilaciones forzadas,
porque si la Biblia resulta cierta, las partes que queden después de la
descomposición normal van a ser necesarias”, argumento con que ha orientado a
su familia para que no entreguen sus órganos y se muestra partidario de que
todas las personas lo expresen ante quien sea antes de morir. Por supuesto, la
ley le parece una “real aberración”.
Calificación que choca de frente con las esperanzas de Iván
Pardo, que desde hace 5 meses espera un riñón para lograr separarse de la
máquina de diálisis a la que tiene que conectarse tres veces por semana. “Esta
ley llega como caída del cielo, porque nadie se imagina lo que es estar
pendiente, día y noche, de un teléfono con la ilusión de que la llamada que entra
es para decirnos que ya tengo el riñón que necesito para seguir viviendo”, dice
Pardo, mientras se le quiebra la voz al decir que ojalá la gente entienda que
donar un órgano es donar vida.
Por su parte, en el sector salud existen muchas inquietudes
sobre la forma cómo la reglamentación de la norma dará las guías
administrativas y operativas para llevarla a la práctica. Jaime Arias,
presidente de Acemi (gremio que agrupa a la mayoría de las EPS del
contributivo), califica la presunción de donación como un gran avance para toda
la población. Sin embargo, considera que los aspectos financieros y ejecutivos
deben quedar muy claros, en momentos en que la salud atraviesa por una crisis
de recursos. “Costos, tarifas, financiación y demás aspectos no deben convertirse
en una barrera, por lo que urge definirlos con precisión”, dice Arias.
En eso coinciden los pacientes de alto costo que a través de
su vocero Néstor Álvarez consideran de gran beneficio todos los aspectos de la
ley, sobre todo que pone en cintura la posibilidad de que los extranjeros con
dinero se beneficiarán de los órganos donados por los colombianos. “Eso quedó
muy bien, lo que queda es que se eduque a toda la gente para que sepa que es
donante para que no haya sorpresas”, insiste.
Mientras el viceministro Ruiz Gómez ve la ley como una de
las más audaces y completas en el mundo, Luis N. Galvis insiste en que esta
impide tener un cuerpo íntegro para cuando llegue la resurrección.
‘La vida se mide en minutos’
“Tenerlo sería más que ganarme una lotería”, dice Iván
Pardo, un periodista de 56 años que desde hace 5 meses espera por un riñón que
le permita desprenderse de la máquina de diálisis, a la que tiene que
conectarse cada día de por medio, y poder llevar una vida normal.
Mantener su teléfono celular con la batería cargada y con el
sonido del timbre en lo más alto se le convirtió en obsesión, tanto que no se
aparta de él ni para ir al baño, porque tiene la ilusión de que en cualquier
momento lo llamen para anunciarle que alguien le ha dejado el órgano que
necesita.
“He soñado con eso varias veces y algunas noches me he
despertado angustiado y con la sensación de que no escuché la llamada”, dice
Pardo. Ha aprendido a respetar a los muertos y no le preocupa ni le angustia de
quién pueda provenir el anhelado riñón, por el contrario, considera a los
donantes y sus familiares como parte de su familia.
“Dar una parte de ellos, para que otro pueda vivir, es el
mayor gesto de humanidad que alguien puede tener”. Se queja del sinnúmero de
trámites que tienen que enfrentar las personas de su condición para ingresar a
la recta final de un trasplante, porque lo de la espera es apenas una parte del
proceso.
“Las cosas son tan difíciles que pedir una cita, solicitar
un examen y hasta la vuelta más sencilla terminan siendo una tortura. Parecen
hechas a propósito para que uno se aburra”.
Con la debilidad que dejan 4 horas de diálisis, dice que la
nueva ley, si se llega a cumplir, es como un regalo caído del cielo y que solo
aguarda que la gente entienda que esperar un órgano es como medir la existencia
en minutos, donde la única esperanza para poder hablar de mañana con certeza
está en que hayan donantes. “Todos podemos necesitar un órgano en cualquier
momento, por eso no es equivocado que todos seamos donantes”.
La ley que es un deber conocer
Sancionada el 4 de agosto, la Ley 1805 tiene por objeto
consolidar la presunción legal de donación de órganos y tejidos para fines de
trasplantes y otros usos terapéuticos. ¿Quiénes son donantes? En adelante todos
los colombianos lo son. Eso quiere decir que las instituciones autorizadas
pueden usar los órganos y tejidos de un cadáver, excepto cuando la persona, en
vida, haya manifestado su negativa.
¿Cómo es la negación? Toda persona puede oponerse a la
presunción legal de donación expresando su voluntad mediante un documento
escrito autenticado ante notario, y además debe radicarlo en el Instituto
Nacional de Salud (INS). También se puede dejar constancia de la oposición al
momento de afiliarse a una EPS.
¿Cuál es el papel de la familia? Ninguno en el caso de los
adultos. A partir de esta norma, lo único válido es la voluntad de la persona.
Si la persona no deja constancia de no ser donante, los familiares no podrán
oponerse a la utilización de los órganos o los tejidos. En el caso de los
niños, la voluntad de la decisión de la familia sigue teniendo validez.
¿Quiénes pueden disponer de los órganos? Solo las
instituciones de salud habilitadas y certificadas por la Red Nacional de
Trasplantes.
¿Quién garantiza que todo se cumpla? El Instituto Nacional
de Salud (INS) a través de la Red Nacional de Trasplantes. También vigila la
Supersalud.
¿Y los extranjeros? No se pueden trasplantar extranjeros,
excepto que sea residente en el país o que sea cónyuge, compañero permanente
(con más de dos años de convivencia) o demuestre grados de consanguinidad,
afinidad o parentesco civil con el donante. Prelación. En la lista de espera
tienen prelación las personas que hayan manifestado su voluntad de ser donantes
y las que no hayan objetado la presunción legal de donación.
Sanciones. El tráfico de órganos o tejidos y el uso y
disposición inadecuada de ellos serán castigados con penas entre 3 y 6 años de
prisión.
Vigencia. La ley entrará en plena vigencia dentro de seis
meses, plazo que tienen las instituciones para adaptarse a la norma.
Fuente: El Tiempo
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