El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha reconocido la mala
praxis de un médico de Familia que tardó seis meses en derivar al especialista
a una paciente con síntomas que podían apuntar un cáncer de vejiga. El retraso
en el diagnóstico provocó la extirpación pélvica total.
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha dictado una resolución
en la que reconoce el derecho de una paciente a ser indemnizada con 35.105
euros por la demora de seis meses en el diagnóstico de cáncer de vejiga. La
resolución admite que el médico de Familia actuó con mala praxis y censura que
no la derivara al especialista con urgencia, tras comprobar que había indicios
patológicos persistentes en el tiempo.
La reclamación interpuesta por Francisco Damián Vázquez,
abogado que colabora con El Defensor del Paciente, explica que la enferma, de
68 años de edad, acudió a su médico de Familia detectar sangre en la orina. El
facultativo le solicitó una analítica y un sedimento y cultivo de orina. Dos
meses después, como no presentaba mejoría, volvió al centro de salud con la
misma sintomatología. El médico insistió en más análisis de sangre y de orina y
que siguiera con el tratamiento de antibióticos. El primer análisis de orina
dio el siguiente resultado: "cultivo normal y hematíes incontables".
Esta práctica se repitió durante los meses de mayo a
noviembre de 2011 sin que en ninguna de las visitas al centro de salud la
paciente fuera derivada al especialista o al hospital, pese a seguir con sangre
en la orina.
En diciembre, la reclamante volvió a una nueva revisión en
la que se encontró con un médico de Familia sustituto. Al observar su situación
y comprobar la historia clínica decidió remitirla urgentemente al Servicio de
Urología de un hospital de Antequera (Málaga). Una ecografía reno-vesical
diagnosticó un tumor vesical de 62x41 mm, de larga evolución.
La resolución del SAS subraya que, tras el resultado de la
analítica del mes de junio en la que se mostraban alteraciones de diversos
parámetros, además de infección de orina, "cabría un diagnóstico
diferencial que abarcara otros aspectos, entre ellos patología tumoral y otra
afectación renal que plantease la derivación a otros niveles
asistenciales". Sin embargo, no se derivó al especialista hasta pasados
seis meses desde la fecha que indica el dictamen de la entidad gestora.
En este sentido, queda acreditado por los distintos informes
presentados que "se pudo evitar la extirpación de varios órganos
principales", puesto dado el avanzado estado del carcinoma, el único
tratamiento posible era realizar la extirpación pélvica total (vejiga, uretra,
parte del uréter, ovarios, trompas, útero, cadena ganglionar y riñón
izquierdo).
Fuente: Diario Médico
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