Comisión para el Estudio de la Organización e Implementación
del Sistema de Emergencia Sanitaria Interconectado
Emisión: 1 de Febrero de 2016
Boletín oficial: 10 de Febrero de 2016
Síntesis: Sistema de emergencia nacional. Se crea la Comisión para el
Estudio de la Organización e Implementación del Sistema de Emergencia Sanitaria
Interconectado. Elaboración de programas.
Texto de la norma:
RESOLUCIÓN 95/2016 - MINISTERIO DE SALUD
Fecha: Bs. As., 01/02/2016.
Fecha de publicación: B.O. 10/02/2016.
VISTO el expediente N° 1-2002-31156/15-9 del registro del
MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que el desarrollo de un sistema de emergencia nacional
interconectado con las jurisdicciones es una de las prioridades del gobierno
nacional.
Que la atención de la Emergencia Sanitaria tiene diferentes
desarrollos según las jurisdicciones de nuestro país.
Que el Área Metropolitana que comprende la Ciudad de Buenos
Aires y los Municipios de los distintos cordones del conurbano tiene una densidad
poblacional que reúne cerca del CUARENTA POR CIENTO (40%) de la población de nuestro país.
Que comenzar por el desarrollo de un Sistema Sanitario de
Emergencia Interconectada en el Área Metropolitana servirá de plataforma para que el
resto de las jurisdicciones del país se incorporen a éste, hasta lograr interconectar la
totalidad de las provincias.
Que un Sistema Sanitario de Emergencia debe articular
recursos humanos y tecnológicos, así como también hospitales de derivación de diferentes
complejidades tanto del ámbito nacional como de las distintas jurisdicciones.
Que la participación del MINISTERIO DE SALUD en la
coordinación de las organizaciones del Sistema Sanitario de Emergencia Sanitaria
Interconectado permite articular efectores y tecnología apoyando el financiamiento
de este sistema mediante recursos provenientes del presupuesto anual y de programas
financiados por organismos internacionales.
Que resulta necesario la creación de una Comisión para el
Estudio de la Organización e Implementación del Sistema de Emergencia Sanitaria
Interconectado con la finalidad de asesorar en la elaboración de un programa para implementar
el Sistema de Emergencia Sanitaria Interconectado.
Que la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la
intervención de su competencia.
Que se actúa en uso de las facultades conferidas por la Ley
de Ministerios T. O. 1992 y su modificatoria Ley N° 26.338
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Créase la COMISIÓN PARA EL ESTUDIO DE LA
ORGANIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE EMERGENCIA SANITARIA INTERCONECTADO, en el ámbito de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA.
ARTÍCULO 2° — La COMISIÓN PARA EL ESTUDIO DE LA ORGANIZACIÓN
E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE EMERGENCIA SANITARIA INTERCONECTADO será coordinada por el Director Nacional de
Emergencias Sanitarias, e integrada por representantes de cada una de las
jurisdicciones provinciales y/o municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3° — La COMISIÓN PARA EL ESTUDIO DE LA ORGANIZACIÓN
E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE EMERGENCIA SANITARIA INTERCONECTADO tendrá la función de brindar asesoría en la
elaboración de un programa para implementar el Sistema de Emergencia Sanitaria
Interconectado en el área metropolitana inicialmente, para continuar luego con la
incorporación del resto de las jurisdicciones.
ARTÍCULO 4° — Facúltase a la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN,
PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA a emitir las normas
complementarias, interpretativas y/o modificatorias de la presente y todo
documento que se considere necesario para el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JORGE DANIEL LEMUS,
Ministro de Salud. e. 10/02/2016 N° 5271/16 v. 10/02/2016
Fecha de publicación 10/02/2016
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