miércoles, 30 de abril de 2014

Resolución 561: se aprueba el modelo de Consentimiento Informado Bilateral

Resolución 561 -  Superintendencia de Servicios de Salud

Título: Salud. Empresas de Medicina Prepaga y Obras Sociales. Modelo de Consentimiento Informado Bilateral. Aprobación. Uso. Obligatoriedad. art. 1

Fecha B.O. : 3-abr-2014

Sumario:

Modelo de Consentimiento Informado Bilateral, que deberá ser utilizado obligatoriamente por todos los prestadores, efectores y profesionales médicos que participan en los subsistemas de Empresas de Medicina Prepaga y Obras Sociales, en los casos establecidos en el art. 7° de la Ley Nº 26.529.

Texto de la norma: 

VISTO el Expediente Nº 244522/2013 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y la Ley Nº 26.529  modificada por la Ley Nº 26.742 , y el Decreto Nº 1089  de fecha 5 de julio de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.529 modificada por la Ley Nº 26.742 y su Decreto Reglamentario Nº 1089/2012 garantizan a toda persona el derecho al consentimiento informado en toda actuación profesional en el ámbito médico sanitario, el que debe materializarse obligatoriamente por escrito en los casos contemplados en el artículo 7°  de la ley citada.

Que el derecho al consentimiento informado es parte integrante del derecho a la salud, consagrado en numerosos tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional.

Que dicho instrumento tiene por objeto proteger el derecho del paciente a participar en la adopción de decisiones sobre su salud después de haberle proporcionado información adecuada, accesible y comprensible en una forma que le permita a este participar inteligentemente en la toma de una decisión acerca del tratamiento propuesto.

Que en el Decreto citado en el visto, su artículo 2° establece que esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD deberá adoptar las medidas necesarias para asegurar el correcto ejercicio de los derechos reconocidos por la Ley Nº 26.529 y su modificatoria Ley Nº 26.742.

martes, 29 de abril de 2014

La Justicia ordenó a obra social entregar leche medicamentosa a un niño

OSDE deberá facilitar este tipo de alimentos a un pequeño que es alégico a la leche de vaca.

Nuevamente OSDE fue obligada por la Justicia a atender correctamente a sus afiliados. En esta ocasión, la prepaga fue obligada a entregar leche medicamentosa a un niño alérgico a la leche de vaca, al hacer lugar a un amparo presentado por la madre del menor. Esta medida fue adoptada por la jueza federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín (Buenos Aires), Martina Isabel Forns.

La madre del niño, que es afiliada a OSDE, había presentado un amparo para "obtener la regular, oportuna y continua provisión" de una leche que le habían recetado, pero la prepaga replicó que "no se solicita una prestación tendiente al restablecimiento de la salud, sino la cobertura de prestaciones alimentarias".

En la resolución a la que accedió Télam, la magistrada indicó que "ha quedado debidamente acreditado a través del informe del Cuerpo Médico Forense que la leche indicada es `medicamentosa` y es indispensable para la dieta del hijo de la amparista".

"Se halla en juego la subsistencia de un derecho personalísimo como el derecho a la salud de los niños, de principal rango en el texto de la Constitución Nacional y en los tratados internacionales de jerarquía constitucional", enfatizó.

El pedido de la amparista se debió a que su hijo, a los seis meses, presentó alergia a la leche de vaca, con la que era alimentado, y tuvo "un edema de glostis y rush cutáneo".

Ante esta situación, al niño se lo medicó con la leche Nutrilong Pepti Junior HE, que con las recetas, diagnóstico y tratamiento aplicable, le suministró OSDE hasta su primer año de vida, pero se negó a continuar con la entrega a partir de septiembre de 2012, pese a que su hijo la sigue consumiendo, señaló la madre.

La jueza señaló que la medida adoptada "es la solución que mejor se corresponde con la naturaleza del derecho del niño", por lo que ordenó a la prepaga "la cobertura del 100 por ciento de la leche medicamentosa Nutrilon Pepti Junior HE, durante el plazo que los profesionales que lo asisten así lo indiquen".

Esta es la segunda sentencia judicial desfavorable para OSDE, luego de que la Justicia de Río Negro le ordenó mantener la cobertura de una mujer y su hijo discapacitado, ya que la empresa de medicina prepaga suspendió aduciendo que el niño sufría dolencias no contempladas en el contrato.

Fuente: MDZonline

lunes, 28 de abril de 2014

Jornada de Reflexión sobre la vigencia de la Ley de Fertilización Asistida

HORARIO: de 18 a 20.30 horas

ACTIVIDAD NO ARANCELADA CON INSCRIPCIÓN PREVIA


Responsabilizan al Estado de la Provincia de Jujuy por fallecimiento de joven madre tras dar a luz

Partes: M. Á. G. y E. R. F. c/ Estado Provincial s/

Responsabilidad del Estado provincial por el fallecimiento de la hija de los actores, quien tras dar a luz a su hijo por parto natural comenzó a sufrir fuertes dolores y hemorragias, y fue derivada a otro hospital a donde se produjo el lamentable desenlace a raíz del excesivo tiempo transcurrido. 

Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Jujuy 
Sala/Juzgado: III 
Fecha: 20-dic-2013 

Sumario: 

1.-Corresponde hacer lugar a la demanda promovida por los actores en contra del Estado Provincial, quien deberá abonar indemnización en virtud del fallecimiento de la hija menor de edad quien, tras dar a luz a su hijo por parto natural, presentó fuertes dolores y hemorragias, siendo derivada debido a la gran cantidad de sangre perdida a otro hospital, sufriendo en el trayecto un desperfecto la ambulancia, todo lo cual derivó en su fallecimiento debido al excesivo tiempo transcurrido y a la deficiente atención médica.

2.-En relación a la cuantificación del daño moral -art. 522  del CCiv.- del nieto de los actores, entendido como lesión cierta sufrida en los sentimientos más íntimos de un individuo que determina dolor o sufrimiento en sus afecciones legítimas; y considerando que se trataba de un hijo recién nacido que por su vulnerabilidad necesitaba imperiosamente la presencia de su madre, necesidad que tienen los hijos de cuidado y afecto para su desarrollo físico y espiritual como personas, daño que se demuestra por el solo hecho de la acción antijurídica, se incluye el mismo dentro del daño psicológico.

3.-En cuanto al daño moral solicitado por los padres de la víctima, y dado que el art. 1078  del CCiv. adoptó un sistema cerrado de legitimados activos habilitados para reclamar la reparación del daño (damnificados directos), no habiéndose planteado de modo subsidiario la inconstitucionalidad de la norma, y siendo que el hijo desplaza a los abuelos en relación a su madre L., no corresponde hacer lugar a lo peticionado por los actores en relación a este rubro.

4.-Respecto a la falta de legitimación activa de los padres de la paciente fallecida a raíz de la negligente atención médica a fin de reclamar daño moral, la cuestión remite a la interpretación del segundo párrafo del art. 1078 del CCiv. en cuanto determina que resultan legitimados activos para reclamar por el daño moral por el fallecimiento del damnificado directo sus herederos forzosos, dicha preceptiva dio lugar a encontradas posiciones doctrinarias, debiendo prevalecer el criterio de interpretación amplio conforme el cual no sólo son legitimados activos los herederos forzosos llamados a suceder, en el caso concreto, al damnificado directo fallecido, sino todos los que revistan ese carácter, aún cuando resulten desplazados por heredero de grado preferente, como ocurre en el caso, pues esta postura se compadece con la naturaleza resarcitoria y no punitiva de indemnizaciones como la del daño moral, en virtud de lo cual corresponde incrementar la cuenta indemnizatoria establecida en concepto de daño moral. (del voto de la Dra. Caballero - Disidencia parcial) 

Fallo:

viernes, 25 de abril de 2014

Convocatoria de Ponencias y Pósters para la "Primer Jornada de Diálogo entre las Ciencias Jurídicas y Médicas"

En el marco de la "Primer Jornada de Diálogo entre las Ciencias Jurídicas y Médicas" (más información aquí) que se llevará a cabo los próximos 9 y 10 de junio en el Salón Azul de la Facultad de Derecho de la UBA, se realiza la siguiente convocatoria:

SE EXTIENDE HASTA EL 23 DE MAYO LA FECHA LÍMITE DE ENTREGA DE TRABAJOS


Día Mundial del Paludismo: Argentina a un paso de ser declarada país libre de Paludismo autóctono

En los últimos tres años no se ha registrado ningún caso local de la enfermedad transmitida por el mosquito Anopheles, a la que están expuestas unos 3.400 millones de personas en todo el mundo, según estadísticas de la Organización Mundial de la Salud. 


Argentina está en pleno proceso de ser declarada país libre de casos autóctonos de paludismo,  informó hoy el Ministerio de Salud de la Nación, a cargo de Juan Manzur, con motivo de celebrarse mañana el día mundial de la enfermedad transmitida por el mosquito Anopheles, a la que están expuestas unos 3.400 millones de personas en todo el mundo, según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

"Hace tres años que no se registra ningún caso autóctono de paludismo y se llevan a cabo protocolos de vigilancia sanitaria para impedir que la enfermedad vuelva a instalarse en el país", explicó el viceministro de Salud, Jaime Lazovski,  al indicar que  "para el primer semestre de 2015 se prevé la llegada de una comisión de expertos de la OMS para concluir el proceso de certificación".

El paludismo o malaria es causado por cuatro especies de un parásito llamado Plasmodium, que se trasmite al ser humano por la picadura de mosquitos Anopheles infectados, los cuales proliferan en cuerpos de agua dulce de ambientes naturales como charcos o acequias, en especial en zonas rurales del norte argentino, pudiendo provocar hasta la muerte de la persona afectada.  En Argentina, la principal zona de riesgo es el norte de la provincia de Salta, en especial el área rural de los departamentos San Martín y Orán,  fronterizos con Bolivia.

En 2010 se registraron los últimos casos autóctonos notificados en el área de frontera. En 2011, 2012 y 2013 se comprobaron respectivamente 18,  4 y 2 casos, todos importados.

Modalidad a distancia: Diplomatura en Derecho de la Salud en la AABA

MODALIDAD A DISTANCIA

Directoras: Dras. Viviana Bonpland y Marisa Aizenberg

INICIA: jueves 8 de mayo

jueves, 24 de abril de 2014

Resolución 721 - SSSalud: Sistema de Tutelaje de Tecnologías Sanitarias Emergentes: tercera etapa de presentación de propuestas

Resolución 721 - Superintendencia de Servicios de Salud

Título: Salud. Sistema de Tutelaje de Tecnologías Sanitarias Emergentes. Fundamentos terapéuticos e informes sobre seguridad y efectividad de las tecnologías. Presentación de propuestas. Tercera etapa. Convocatoria.

Fecha B.O.: 24-abr-2014

Texto de la norma: 

VISTO el Expediente Nº 2676/2014 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, el Decreto Nº 1172  de fecha 3 de diciembre de 2003, las Resoluciones SSSalud Nº 621  de fecha 14 de septiembre de 2006, Nº 1200  de fecha 21 de septiembre de 2012, Nº 1310  de fecha 19 de octubre de 2012, Nº 1561  de fecha 30 de noviembre de 2012, Nº 2206  de fecha 27 de junio de 2013 y Nº 3348  de fecha 9 de diciembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de las Resoluciones SSSALUD Nº 2206/2013 y SSSALUD Nº 3348/2013 se realizó la convocatoria correspondiente a la primera y segunda de las TRES (3) etapas que se establecieron para la presentación de propuestas sobre fundamentos terapéuticos e informes sobre seguridad y efectividad de las Tecnologías incluidas en el SISTEMA DE TUTELAJE DE TECNOLOGIAS SANITARIAS EMERGENTES, en el marco del Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas aprobado como Anexo V del Decreto Nº 1172/2003.

Que en el Anexo II correspondiente a cada una de las Resoluciones mencionadas en el considerando anterior, se incorporó una opción en el FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE OPINIONES Y PROPUESTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACION PARTICIPATIVA DE NORMAS para que los interesados realicen, además, otras propuestas relacionadas con el PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZACION DE REINTEGROS DEL SISTEMA DE TUTELAJE DE TECNOLOGIAS SANITARIAS EMERGENTES.

Que se considera oportuno efectuar la convocatoria correspondiente a la tercera y última etapa con idénticas características a la practicada en las etapas precedentes, de las Tecnologías incluidas en el SISTEMA DE TUTELAJE DE TECNOLOGIAS SANITARIAS EMERGENTES que se detallan en el Anexo I a la presente, y que se encuentran enumeradas en el Anexo VI  de la Resolución SSSALUD Nº 1200/2012, incorporado como tal por la Resolución SSSalud Nº 1561/2012 (artículo 2° ).

martes, 22 de abril de 2014

Diplomatura en Derecho de la Salud: abierta la inscripción 2014

Nueva fecha de inicio 24 de Abril

Se incorpora la modalidad "a distancia"



Atención: ANMAT emite comunicado sobre publicidad engañosa en Internet

CLOROFILA LÍQUIDA: PUBLICIDAD ENGAÑOSA EN INTERNET 

La ANMAT, a través del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria, advierte la existencia de publicidad engañosa en sitios web de productos a base de jugo de trigo de pasto que contienen clorofila.

Esta Administración Nacional solicitó la baja del sitio www.saiku.com.ar que publicitaba el producto “Graviola con Brote de Trigo Potenciado”, al que se le adjudicaban propiedades medicinales como “combatir el cáncer, metástasis y leucemia”.

Se recuerda a la población que estos productos se encuentran inscriptos ante la ANMAT como alimentos, por lo cual no deben ser incorporados al organismo por vías alternativas ni utilizarse para el tratamiento de dolencias o patologías.

Asimismo, es preciso aclarar que ninguna de las propiedades medicinales y/o terapéuticas promocionadas para esta clase de productos ha sido autorizada por este organismo.

Por todo lo expuesto, se recuerda a la población no adquirir ni utilizar productos cuyas propiedades anunciadas no estén aprobadas. Para realizar consultas y/o denuncias de publicidad engañosa de productos para la salud, enviar un e-mail a publicidad@anmat.gov.ar.

Fuente: ANMAT

lunes, 21 de abril de 2014

La mala praxis no justifica los medios

La Sala B de la Cámara Civil rechazó una demanda por mala praxis en un caso en el que la actora se había practicado una cirugía estética, ya que los jueces alegaron que en estas intervenciones también valía la consideración sobre los medios que ofrece la medicina y la variación que puede surgir en el resultado. Según el fallo, la "belleza cosmética" no puede tener el trato de un paciente con alguna patología.

En muchos casos de denuncias por mala praxis, la Justicia se encarga de aclarar que los médicos y profesionales de la salud en general solo pueden ofrecer una serie de medios a los pacientes, y si bien muchas veces las cosas no salen como las personas esperan, los trabajadores de la salud no pueden ser acusados si agotaron todas las posibilidades o llevaron a cabo de la mejor manera su labor.

En los autos “A. L. B. c/ C. L. P. s/ daños y perjuicios” se dio este caso pero con una particularidad: se trataba de una cirugía plástica. A pesar de la diferenciación que trató de establecer la parte actora, los jueces entendieron que en estos procedimientos la obligación de los médicos era la de brindar medios, ya que los resultados están sujetos siempre a la evolución del paciente si los procedimientos fueron realizados de forma correcta.

Los integrantes de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, compuesta por Mauricio Luis Mizrahi, Claudio Ramos Feijóo y Omar Luis Díaz Solimine, entendieron que la sola existencia del daño no es motivo suficiente para probar la responsabilidad del demandado.

En su voto, el juez Mizrahi señaló, recordando la obligación de medios, que “se han planteado algunas discrepancias en las cirugías estéticas no terapéuticas, o sea cuando ellas apuntan al mero embellecimiento y tienen, por ende, una finalidad puramente cosmética. Se sostuvo de este modo que se tratarían de obligaciones de resultado, pues la ausencia en el paciente de un estado patológico implicaría que, de no habérsele prometido un resultado feliz, no se hubiera sometido al acto quirúrgico”.

El magistrado reseñó que “es verdad que la ciencia médica no proporciona un conocimiento total y absoluto de las leyes naturales que regulan el organismo, por lo que no es un dato menor la magnitud de lo desconocido y que la singularidad de cada paciente arroja un cierto grado de incertidumbre sobre los resultados finales de la intervención que realiza el facultativo”.

jueves, 17 de abril de 2014

"Las políticas públicas de salud deben estar orientadas hacia el hombre sano"

En una entrevista con Infobae, el ministro de Salud de la Provincia, Alejandro Collia, analizó la agenda de temas que se debatirá los próximos días en la Organización Panamericana de la Salud. 

Foto: Télam
Al ministro de Salud de la provincia de Buenos Aires Alejandro Collia, una de las ideas que más lo moviliza es la frase del neurocirujano argentino Ramón Carrillo, que a más de 50 años de su muerte sigue vigente: "Hacer medicina para hombres sanos". Será por eso que además de compartir la especialidad (ambos son neurocirujanos), a Collia le gusta citar esta frase que cobra más relevancia en épocas donde la medicina preventiva es la clave en la calidad de la salud de las futuras generaciones.

Collia se prepara para una visita oficial a la sede de la OPS el próximo 22 de abril. Se trata de la oficina regional para las Américas de la Organización Mundial de la Salud, con sede en Washington, Estados Unidos. La agenda de temas propone no sólo analizar la problemática de la salud de la región; sino también exponer las principales políticas sanitarias públicas que lleva adelante el estado provincial en un territorio tan complejo y grande como Buenos Aires.

El proyecto "piloto estrella" que lleva el ministro Collia en carpeta para presentar a la directora del organismo, Carissa Etienne, es el de los equipos de atención primaria de la salud (APS). Un plan de salud casi puerta a puerta inspirado en la experiencia de Cuba.

"Los llamados APS forman parte de uno de los proyectos que para la Provincia resulta de mayor proyección futura e interés. Se trata del diseño de un plan de prevención y promoción de la salud basado en la comunicación interpersonal, puerta a puerta. Son equipos de salud que van a los barrios y se enmarca en la convicción de que la salud es un derecho humano y una construcción social", explicó Collia a Infobae.

La idea es que un equipo sociosanitario releve datos claves de vacunación, enfermedades prevalentes como diabetes o hipertensión, cánceres y controles en las mujeres embarazadas. También adicciones, muertes infantiles o maternas, hechos de violencia, causales frecuentes de muerte en el lugar, entre muchos otros que ofrecen información histórica y actual de esa población. El sondeo busca rastrear situaciones importantes para después intervenir de modo tal que se pueda reducir los factores de riesgo y la morbimortalidad, sobre todo, maternas e infantiles.

miércoles, 16 de abril de 2014

Más de 60 legisladores presentaron el proyecto de ley por el aborto

Lo impulsan unas 350 organizaciones sociales que integran la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. Le da a la mujer el derecho a abortar durante las primeras 12 semanas de gestación.

La sala colmada del Anexo A del Congreso de la Nación desbordaba de emoción ayer por la mañana. Allí se congregaron nuevamente las y los integrantes de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito para presentar por quinta vez el proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo. Diputados de todos los bloques, con excepción del Frente Renovador, acompañaron la iniciativa que según la legisladora que introdujo el proyecto, Adela Segarra (FPV), alcanzará en los próximos días casi 70 apoyos.

"Hoy el tema está en la agenda. Esperamos entonces no tener que hacer otro acto con más gente el año que viene. Pero si tenemos que presentar el proyecto de nuevo lo haremos”, aseguró Cristina Zurutuza, una de las referentes de la Campaña.

Los diputados Juan Carlos Junio, de Nuevo Encuentro, y Leonardo Grosso, del Frente para la Victoria, fueron de los primeros en llegar. Ambos se pusieron inmediatamente el pañuelo verde en el cuello símbolo de la campaña que lleva como lema “Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar y aborto legal para no morir”. Así aparecieron en la foto que ilustró el acto de ayer en la cual legisladores oficialistas y de casi todos los partidos de la oposición dejaron de lado las diferencias para levantar la misma bandera. Tras la instantánea de rigor, llegó un grito de aliento que se cerró con un estruendoso aplauso.

Las integrantes de la campaña tomaron el micrófono. “Quería felicitarnos por la coherencia, la constancia y la lucha por seguir creciendo”, señaló Nelly Minyersky, quien destacó que lo que estaba en juego era un problema de salud pública que mata a medio millón de mujeres por año.

“El proyecto de la campaña está amparado por el plexo normativo internacional y, por ende, es constitucional. Nos han engañado mucho con eso. Asi que ahora les digo a los diputados que pueden votar con tranquilidad. Los derechos sexuales y reproductivos son derechos humanos de las mujeres”, finalizó  su interlocución.

A pesar de la enorme convocatoria, la frase apuntaba a los legisladores que no estaban allí presentes, porque sabe que de ellos depende la posibilidad de poder llegar a debatir el proyecto en el Congreso.

martes, 15 de abril de 2014

Italia declara inconstitucional prohibir la fecundación con donante externo

El Tribunal Constitucional de Italia ha declarado inconstitucional la prohibición de la fecundación heteróloga asistida (con donante externo), una de las medidas vigentes en la conocida como "Ley 40", aprobada hace diez años.

La fecundación heteróloga asistida es aquella que permite a las parejas estériles recurrir a la inseminación de un óvulo o de un espermatozoide de un donante externo.

La ley que ahora reinterpreta el Constitucional, aprobada durante el Gobierno conservador de Silvio Berlusconi, prohibía "el uso de las técnicas de fecundación heteróloga asistida", por considerar esencial que el hijo fuera concebido por el matrimonio. Según esta normativa, las parejas que acudieran a esta solución para ser padres serían castigadas con multas "de 300.000 a 600.000 euros".

El Tribunal Constitucional reconoce ahora el derecho de todos los ciudadanos a ejercer la maternidad o paternidad, con independencia de si el hijo es concebido por el matrimonio o gracias a un donante externo.

La ley aprobada en 2004 por el Gobierno de Berlusconi fue sometida a un referendo popular para introducir algunas reformas aperturistas, pero fracasó al no conseguir el quórum del 50 por ciento de participación.

El bajo índice de afluencia a las urnas en junio de 2005, que apenas alcanzó el 26 %, invalidó el plebiscito, que pretendía flexibilizar la restrictiva normativa italiana sobre la fecundación asistida. Esa consulta volvió a colocar frente a frente a católicos y laicos en Italia, como en pasadas batallas sobre el aborto y el divorcio.

Al lado de los católicos se situó de forma muy activa la jerarquía eclesiástica, encabezada por el presidente los obispos italianos, Camilo Ruini, que llego incluso a pedir reiterada y abiertamente a los electores que no acudieran a las urnas.

Los detractores de la ley han advertido de que su combate no ha terminado, puesto que pretenden que se declare también inconstitucional la prohibición de la investigación con embriones, que impide de momento la legislación vigente.

Otros aspectos de la Ley 40 son los que prohiben la investigación con células madre, la obligación de limitar a tres el número de embriones que se puedan fecundar y los que equiparan los derechos jurídicos del embrión con los del nacido.

Fuente: La Razón (España)

domingo, 6 de abril de 2014

Día Mundial de la Salud: la Salud es un derecho humano fundamental


La salud equilibra aquellos variados componentes en términos de cantidad y calidad de vida y colabora en la realización de nuestros proyectos autónomos, individuales y grupales; esas aspiraciones que dan sentido a nuestro ser.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha expresado que “la salud no sólo es la ausencia de enfermedad, sino un estado de completo bienestar físico y mental, en un contexto ecológico-social propicio para su sustento y desarrollo. La salud descansa en la esfera de prácticamente todas las interacciones, sociales y culturales y es, con ellas, un componente sinérgico de bienestar social”.

El derecho a la salud, como derecho humano, está reconocido en numerosos instrumentos internacionales y regionales y puede ser definido a partir de una serie de elementos que le dan contenido y forma para lograr su efectividad y que incluyen, tanto el derecho de acceso a los servicios de salud y asistencia médica, como el derecho a otras condiciones esenciales y determinantes de la salud: acceso al agua limpia potable, suministro de nutrición y vivienda adecuadas, condiciones sanas en el trabajo y el medio ambiente, acceso a la educación e información sobre cuestiones relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y reproductiva (Observación general sobre el derecho a la salud del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, que supervisa el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales).

Campaña 2014

La OMS ha elegido el tema de las enfermedades transmitidas por vectores para encabezar su campaña de este año en el Día Mundial de la Salud bajo el lema "Pequeñas picaduras, grandes amenazas"

Los mosquitos, las moscas, las garrapatas y los caracoles de agua dulce pueden propagar patógenos que provocan enfermedades graves y la muerte. Enfermedades como el paludismo, el dengue, la leishmaniasis y la fiebre amarilla se pueden prevenir; aun así, afectan sobre todo a algunas de las personas más pobres del mundo. Más de la mitad de la población mundial corre el riesgo de contraer estas enfermedades. Las personas pueden protegerse adoptando medidas sencillas como dormir bajo mosquiteros de cama, llevar pantalones largos y camisas de manga larga y usar repelentes de insectos.

martes, 1 de abril de 2014

¿Superó Obamacare su desastroso estreno?

Después de este lunes se sabrá si dieron frutos los esfuerzos del presidente Barack Obama para promover la inscripción en el nuevo sistema de seguros de salud de Estados Unidos, popularmente conocido como Obamacare, mediante una campaña accidentada, intensa y muy poco ortodoxa.

Para superar el grave problema de imagen que significó las fallas del sistema de inscripción vía internet estrenado en octubre, la Casa Blanca hizo todo tipo de piruetas para vender una ley que, desde que fue promulgada en 2010, ha estado rodeada de mucha desinformación y ha contado con una sólida oposición en sectores conservadores.

Obama, Galifianakis
Obama estuvo en varios programas de radio y
televisón para promocionar Obamacare
El objetivo inicial de la Casa Blanca era enrolar a siete millones de personas en la primera fase de inscripción, pero se cambió a seis millones en atención a los problemas técnicos iniciales que mantuvo inoperante la página por varias semanas.Por eso, en los últimos días, Obama, su esposa Michelle y muchos de sus más cercanos colaboradores han estado empeñados en una ofensiva comunicacional para convencer a la mayor cantidad posible de personas para inscribirse antes del vencimiento del plazo, que ocurrió a la medianoche del lunes.

Obama ha salido en todas partes, desde programas deportivos o amas de casa hasta espacios de sátira política y producciones online para jóvenes, como Between Two Ferns, donde el comendiante Zach Galafinakis sometió a Obama a un tratamiento que algunos consideraron indigno de un presidente.

Un asunto mayor
.
La enorme frustración de los ciudadanos ante un sistema que prometía una especie de utopía para los cerca de 40 millones de estadounidenses sin cobertura de salud, fue muy bien aprovechada por los detractores que lograron hacer ver la ley como un grave problema en vez de como una política de beneficio social.

Entre octubre y noviembre, cuando la página confrontaba problemas, se afiliaron a los nuevos seguros poco más de 106.000 personas, según la Casa Blanca. Pero para finales de marzo más de seis millones de personas se habían inscrito.