jueves, 20 de abril de 2017

Mendoza: será obligatoria la instalación de cambiadores para bebés en baños de hombres

Una ley exige la colocación de estos dispositivos. La idea es trabajar en la igualdad de género y adaptarse a los cambios culturales.

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A través de la Ley nº 8953, promulgada este viernes en el Boletín Oficial de la provincia, a partir de ahora será obligatoria la instalación de cambiadores para bebés en los baños de varones tanto en espacios públicos como privados. Hasta el momento, sólo existían en los baños de mujeres. Afirman que la iniciativa es positiva y tiene como objetivo seguir aportando a la igualdad de género. 

La iniciativa, que cobró fuerza de ley en ambas cámaras y por unanimidad, tiende a comenzar con cambios culturales sencillos pero de fuerte impacto. Ya que se trata de artefactos plásticos y de fácil aplicación, la instalación de estos cambiadores no demandaría una inversión importante.

"Es un avance para seguir rompiendo patrones culturales del patriarcado en donde sólo la mujer cuida a sus hijos. Esto ya no es así y el Estado y toda la sociedad debe ir adaptándose a los cambios que estamos viviendo. Sin ir más lejos, esta iniciativa surge desde lo cotidiano, muchos papás suelen encontrar ciertos obstáculos de este tipo porque ellos también cuidan a sus hijos, tanto como su mamá. Entonces, es momento de que tomemos conciencia de estos roles actuales y avancemos junto a estos", explicó Sonia Carmona, diputada del Frente Para la Victoria y autora del proyecto que este viernes fue promulgado en el Boletín Oficial.

¿Quién se hace cargo de la instalación y control de los dispositivos?

Carmona indicó que, al tratarse de dispositivos plásticos y de fácil colocación, la instalación de cambiadores para bebés no representaría una inversión importante. Por este motivo, los ámbitos públicos y privados se harán cargo de que la ley se cumpla en sus respectivas jurisdicciones.

Ambas partes serán controladas por los inspectores de cada municipio. Incluso, en Capital ya existe una ordenanza que exige la colocación de cambiadores como requisito para habilitar un negocio.

¿Habrá sanciones a quienes no cumplan con la norma?

Si bien está ley ya entró en vigencia, ahora el Ejecutivo tiene 90 días para reglamentarla. Allí se van a detallar los plazos para adecuarse a la normativa y las sanciones en caso de incumplimiento.

"Quizás las multinacionales ya estaban un paso adelante. En los shoppings y supermercados estos dispositivos ya existen, la idea es que ahora estén instalados en ambos baños y que los negocios, especialmente del rubro gastronómico, como cafés o restaurantes que son los sitios donde pasa más tiempo la gente, también se adhieran y acaten esta medida que representa un paso más en el trabajo por la igualdad de género", cerró la diputada Carmona.

A continuación la Ley 8953 y, abajo, sus fundamentos:




Fuente: Sitio Andino

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