viernes, 20 de mayo de 2016

Ministerio de Salud: se aprueba estructura organizativa

MINISTERIO DE SALUD - Decisión Administrativa 498/2016 - Apruébase Estructura Organizativa.

Bs. As., 19/05/2016
VISTO el Expediente N° 1-2002-4073/16-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, los Decretos N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus complementarios y modificatorios, N° 1343 de fecha 4 de octubre de 2007, N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, N° 114 de fecha 12 de enero de 2016 y N° 223 de fecha 19 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias.

Que por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios se aprobó la estructura organizativa de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, estableciéndose los objetivos de las unidades organizativas y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos descentralizados.

Que por el Decreto N° 114 de fecha 12 de enero de 2016, se sustituyó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada en la parte correspondiente al MINISTERIO DE SALUD, como así también los Objetivos de las unidades organizativas previstas en dicho organigrama.

Que, resulta necesario establecer las unidades organizativas de primer nivel operativo y sus respectivas responsabilidades primarias y acciones.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por la presente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 16 inciso 29 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo con los Organigramas, y Responsabilidades Primarias y Acciones que, como Anexos la, lb, lc, Id, le y II, forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
Art. 2° — Incorpóranse, homológanse, reasígnanse, ratifícanse y deróganse del Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE SALUD, según el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
Art. 3° — Facúltase al Titular del MINISTERIO DE SALUD, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PUBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por la presente Decisión Administrativa, la que deberá prever un máximo de VEINTE (20) Direcciones y DOS (2) Coordinaciones del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, las que a través de dicho acto serán incorporadas, ratificadas u homologadas, según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III (Dirección) y IV (Coordinación).
Art. 4° — Facúltase al Titular del MINISTERIO DE SALUD, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberá adecuarse a los cargos financiados de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente al momento de aprobación.
Art. 5° — Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente Decisión Administrativa, conservarán su vigencia las existentes y las que hayan sido transferidas desde otros ministerios, organismos descentralizados o secretarias con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Art. 6° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente Ejercicio de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.
Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.

ANEXO la


ANEXO lb


ANEXO Ic


ANEXO Id


ANEXO le



ANEXO II

MINISTERIO DE SALUD
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Realizar todas las evaluaciones de cumplimiento integral e integrado de las actividades, procesos y resultados del MINISTERIO DE SALUD tendientes a la optimización de los niveles de eficacia, eficiencia y economía de la gestión ministerial, con el alcance previsto en el Título VI de la Ley N° 24.156 y sus normas complementarias y modificatorias.
ACCIONES:
1. Elaborar el planeamiento general de la auditoría interna de acuerdo con las Normas Generales de Control Interno y de Auditoría Interna, aplicando el modelo de control integral o integrado.
2. Informar de inmediato a la máxima autoridad y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN la falta de cumplimiento de cualquiera de las normas que rigen los sistemas de Control Interno y de Auditoría Financiera.
3. Elaborar el ciclo de Auditoría y el Plan Anual de Auditoría Interna y obtener la aprobación de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
4. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer el sistema de control interno y efectuar su seguimiento.
5. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos para la jurisdicción.
6. Producir informes sobre las actividades desarrolladas y, en su caso, formular las observaciones y recomendaciones que correspondan efectuar y su seguimiento.
7. Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad, informáticos y financieros; verificar si las erogaciones son efectuadas de acuerdo con las normas legales y de contabilidad aplicables a los niveles presupuestarios correspondientes; determinar la confiabilidad de los datos que se utilicen en la elaboración de la información y determinar la precisión de las registraciones de los activos y las medidas de resguardo para su protección.

MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la gestión contable, económica, financiera y patrimonial de la jurisdicción y la prestación de los servicios generales, de mantenimiento y de seguridad.
Coordinar el Plan Anual de Adquisiciones en el ámbito de la Jurisdicción.
ACCIONES:
1. Programar y controlar los actos administrativos vinculados con la gestión económica, financiera, patrimonial y de contrataciones de la jurisdicción.
2 Gestionar y operar los ingresos y egresos de fondos y valores, pagos de gastos y recepción, custodia y provisión de especialidades valorizadas.
3. Realizar la gestión de adquisición de bienes y servicios que requieran los distintos sectores de la jurisdicción.
4. Supervisar la prestación de los servicios generales y de mantenimiento.
5. Planificar la seguridad física y de bienes en el ámbito del Ministerio.
6. Confeccionar en los aspectos de su incumbencia la información necesaria para la Cuenta de Inversión del Ejercicio.

MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en lo relativo a la gestión presupuestaria integral de la administración central de la jurisdicción en sus aspectos físicos, económicos y financieros.
ACCIONES:
1. Elaborar el presupuesto anual de la administración central de la jurisdicción de acuerdo a los planes y políticas nacionales por todo tipo de gasto, recurso y financiamiento.
2 Coordinar los procesos de ejecución presupuestaria, orientar sobre el registro de las transacciones de carácter económico-financiero, analizar la evolución y ejecución de gastos y recursos y proponer las modificaciones necesarias.
3. Producir la información necesaria para la toma de decisiones en la conducción de la gestión presupuestaria de la jurisdicción y para las tareas de control.
4. Contribuir desde los aspectos de su incumbencia para la confección de la Cuenta de Inversión del Ejercicio.
5. Relevar y evaluar de manera continua los programas y proyectos de inversión real directa, así como los aspectos físicos y económico-financieros asociados a la dotación de personal.
6. Coordinar las actividades con la Oficina Nacional de Presupuesto en su carácter de órgano rector.
7. Elaborar la programación física, económica y financiera del presupuesto de la jurisdicción y sus reprogramaciones.

MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la gestión de los recursos humanos de la Jurisdicción y en la aplicación de las normas que regulan la carrera administrativa, la capacitación y el desarrollo de relaciones laborales.
ACCIONES:
1. Administrar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de recursos humanos y aplicar los controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal de la Jurisdicción.
2. Coordinar y asistir técnicamente en los procesos vinculados con la aplicación del Sistema Nacional de Empleo Público en materia de selección, evaluación de desempeño y capacitación; monitoreando el estado de avance de la carrera administrativa del personal y proponiendo las medidas correctivas pertinentes.
3. Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional, elaborando y proponiendo las modificaciones de las estructuras organizativas que correspondan.
4. Atender todo lo relacionado con la administración del personal de la jurisdicción.
5. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de búsqueda, selección e integración del personal y en el de capacitación de los recursos humanos.
6. Coordinar y mantener actualizado un sistema de relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo, como así también los procesos, flujos y procedimientos de trabajo.
7. Coordinar con el área de Salud Ocupacional la aplicación de la legislación en materia de higiene y seguridad laboral.
8. Proponer y establecer canales de comunicación institucional en los temas de su competencia, en coordinación con las áreas pertinentes del Ministerio.
9. Asistir técnicamente a las comisiones paritarias jurisdiccionales.

MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Representar judicialmente al Ministerio, dictaminar y asesorar en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia del Ministerio y de organismos descentralizados de la jurisdicción.
ACCIONES:
1. Dictaminar con carácter previo al dictado de los actos administrativos que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción.
2. Representar al ESTADO NACIONAL en los juicios en que el Ministerio sea parte como actor o demandado y atender las actividades derivadas de la presentación de recursos y denuncias administrativas.
3. Intervenir como órgano consultivo en apoyo de las decisiones políticas participando en su fundamentación.
4. Asesorar, cuando así lo disponga la superioridad, respecto de los procedimientos preparatorios de todo contrato o convenio a celebrar por las distintas dependencias de la jurisdicción.
5. Supervisar, de acuerdo a las instrucciones que imparta la superioridad, el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los organismos descentralizados e intervenir en los recursos provenientes de los organismos descentralizados de la jurisdicción.

MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Dirigir y optimizar la utilización de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del MINISTERIO DE SALUD, incluyendo la informática, las telecomunicaciones, la telefonía, las redes, los sistemas de información y las tecnologías asociadas, para la eficiente utilización de los sistemas y herramientas informáticas de la Jurisdicción.
ACCIONES:
1. Elaborar anualmente el Plan de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la jurisdicción.
2. Administrar las normas, procedimientos y estándares de seguridad informática, incluyendo el establecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos, controlando periódicamente su funcionamiento.
3. Coordinar y promover el desarrollo y la administración de los sistemas informáticos del Ministerio y el establecimiento de un sistema integral de información.
4. Entender en todos los procesos de incorporación, modificación o eliminación de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la jurisdicción.
5. Administrar los procesos informáticos y contribuir a mejorar el desempeño operativo de los mismos.

MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Sustanciar los sumarios administrativos e informaciones sumarias ordenados por autoridad competente, en relación a los agentes con vínculo de empleo público pertenecientes a la jurisdicción ministerial y organismos descentralizados, cuando así corresponda.
ACCIONES:
1. Dirigir el procedimiento disciplinario conforme normativa vigente y disponer las medidas tendientes al esclarecimiento de los hechos objeto de investigación, calificar conductas y aconsejar sanciones.
2. Recopilar informes y documentación, dar intervención a los organismos de control, determinar el perjuicio fiscal y responsabilidad patrimonial y solicitar informes en caso de intervención judicial.
3. Entender y sustanciar los sumarios originados en violaciones a normas sanitarias, respecto de los cuales el Ministerio ejerce el poder de policía.
4. Dar intervención a los organismos técnicos que correspondan, dictaminar en consecuencia y evaluar lo informado.
5. Proponer opciones y/o acciones tendientes a la determinación del perjuicio fiscal.

MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE DESPACHO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la gestión y registro de la documentación administrativa y atender el despacho del Ministerio.
ACCIONES:
1. Controlar el cumplimiento de las normas que regulan los procedimientos administrativos.
2. Realizar el seguimiento de los expedientes y proyectos, controlando el cumplimiento de las normas relativas a documentación administrativa, como así también de los plazos de tramitaciones establecidos.
3. Intervenir en la recepción, registro, redacción, tramitación, distribución y custodia de los proyectos de Leyes, Decretos y Resoluciones de la jurisdicción ministerial.
4. Recepcionar y dar salida de la documentación administrativa proveniente de otras jurisdicciones ministeriales o entes descentralizados o dirigidas a los mismos; recibir y archivar la documentación administrativa; proporcionar las vistas y gestionar las notificaciones.
5. Intervenir en la gestión de las resoluciones y disposiciones dictadas por el Ministro, Secretarios y Subsecretarios del área y en el archivo de las mismas.
6. Efectuar el cotejo y certificación de las firmas de los funcionarios de la jurisdicción.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICAS E INFORMACIÓN EN SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en el desarrollo y promoción de programas nacionales y locales de estadísticas en salud y en su difusión.
ACCIONES:
1. Normatizar y elaborar procedimientos para captación y procesamiento de los datos en materia de salud producidos a nivel jurisdiccional y efectuar su consolidación a nivel nacional.
2. Procesar datos provenientes de registros permanentes, encuestas especiales y censos que tengan en cuenta aspectos de salud.
3. Promover el desarrollo de los programas nacionales y provinciales de estadísticas de salud.
4. Mantener actualizados los datos estadísticos y los registros correspondientes a través de metodologías diversas de captación de datos como los registros permanentes, encuestas especiales y censos, en el ámbito de su competencia.
5. Capacitar al personal del área de Estadística Nacional y Provincial en todos sus niveles, de acuerdo a las demandas recibidas sobre registro, procesamiento y análisis de estadísticas e información de salud.
6. Asistir en el funcionamiento de los sistemas estadísticos a nivel central y provincial, como parte del Sistema Estadístico Nacional, en el ámbito de su competencia.
7. Participar, en forma coordinada con las áreas pertinentes del Ministerio, en la difusión y publicación de información estadística actualizada de salud a nivel nacional e internacional.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN PARA LA SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Ejecutar las acciones que permitan desarrollar las políticas de investigación en salud que promueva el Ministerio y fomentar la gestión de su conocimiento.
ACCIONES:
1. Fomentar investigaciones éticas y de calidad en salud pública, para la reducción de la brecha entre producción-utilización de evidencia científica en la toma de decisiones clínicas y sanitarias.
2. Establecer mediante metodologías validadas las prioridades de investigación en salud implementadas por el Ministerio.
3. Promover la gestión del conocimiento a través de un programa de publicaciones, encuentros entre investigadores y tomadores de decisión, como así también a través de la biblioteca virtual en salud del Ministerio.
4. Promover la formación en investigación de los recursos humanos en salud.
5. Promover alianzas estratégicas con actores clave del campo de la salud pública y la articulación con las áreas de investigación de los Ministerios de Salud Provinciales, con organismos de ciencia y tecnología, con centros de investigación y con organismos internacionales afines.
6. Fortalecer los Comités de Ética de la Investigación (CEI) en las distintas jurisdicciones de salud.
7. Promover el registro y fortalecer la difusión de las investigaciones en salud a través del Registro Nacional de Investigaciones en Salud (ReNIS).

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN DE SANGRE Y HEMODERIVADOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Normatizar, coordinar y desarrollar las políticas que permitan alcanzar la autosuficiencia en hemocomponentes y derivados, a través del fomento de la donación voluntaria y habitual, la producción bajo programas de aseguramiento de calidad y el monitoreo del uso adecuado de los componentes sanguíneos.
ACCIONES:
1. Organizar y gestionar un sistema nacional de sangre y hemoderivados.
2. Fortalecer la infraestructura de los centros productores de componentes sanguíneos tendiente a alcanzar la autosuficiencia, las buenas prácticas de manufactura y su distribución.
3. Fortalecer la red de servicios de hemoterapia acorde a las necesidades del sistema sanitario.
4. Fomentar la donación voluntaria periódica de personas que eligen ser donantes de sangre.
5. Intervenir en el diseño de un sistema de hemovigilancia de donantes y receptores.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en el registro nacional y federal de los recursos humanos de la salud —médicos, odontólogos y personal de actividades de colaboración— como así también en los aspectos de ética profesional relacionados con los recursos humanos en salud.
Coordinar las acciones de registro, habilitación y fiscalización sanitaria de establecimientos vinculados con la salud y controlar el cumplimiento de las normas sanitarias reglamentarias, referidas al ingreso y/o egreso del país de personas, cosas y productos y/o material biológico con fines de diagnóstico e investigación.
ACCIONES:
1. Coordinar las acciones de registro, habilitación y fiscalización de profesionales y establecimientos vinculados con la salud en el área de su competencia.
2. Coordinar la aplicación de la normativa y la implementación de acciones de fiscalización relacionadas con la sanidad en el área de frontera en coordinación con las áreas competentes.
3. Proponer las normas sanitarias reglamentarias de control de egreso e ingreso del país y fiscalizar su cumplimiento.
4. Verificar el cumplimiento de las normas sanitarias y la autorización correspondiente acerca del control de ingreso y egreso del país de productos y/o material biológico con fines de diagnóstico e investigación.
5. Supervisar la plena operatividad de las Unidades Sanitarias de Fronteras, para desarrollar adecuadamente las acciones de fiscalización de su competencia a nivel federal y su relación con similares de países vecinos, en el marco del Reglamento Sanitario Internacional.
6. Desarrollar una estrategia de actualización permanente del personal de inspectoría sanitaria tendiendo al mejor cumplimiento de la normativa vigente.
7. Proponer acuerdos interinstitucionales de cooperación y articulación con otros organismos que, en forma directa o por el tipo de controles que realizan, se vinculan con aspectos de seguridad sanitaria en general y de fronteras en particular, a ser suscriptos por la autoridad sanitaria nacional.
8. Entender en el ámbito nacional sobre los aspectos de radiofísica sanitaria en lo concerniente a habilitación y control de establecimientos y equipos y la autorización de empresas prestadoras del servicio de dosimetría personal de radiaciones.
9. Realizar la coordinación del Centro Nacional de Enlace para la implementación del Reglamento Sanitario Internacional en caso de una emergencia sanitaria de alcance internacional, juntamente con las instancias correspondientes.
10. Articular con otras áreas ministeriales, las acciones tendientes a la optimización de las funciones de Sanidad de Fronteras y Terminales de Transporte.
11. Coordinar y controlar el accionar administrativo vinculado a la gestión contable y patrimonial de las Unidades Sanitarias de Frontera, en coordinación con las áreas competentes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la Jurisdicción.
12. Intervenir en lo atinente a denuncias recibidas por transgresiones a las normas sanitarias vigentes.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Coordinar con las distintas jurisdicciones la actualización, armonización y articulación de los diferentes marcos regulatorios del sector salud.
Regular, registrar y fiscalizar los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada en forma articulada con las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cumplimiento de la reglamentación vigente.
ACCIONES:
1. Proponer la normativa destinada al mejor desarrollo de las funciones de regulación en materia sanitaria del Gobierno Nacional, coordinando con las distintas jurisdicciones la armonización de los diferentes marcos regulatorios del sector salud.
2. Conformar un consejo federal de validación periódica de las capacidades específicas de los profesionales del sector salud, de acuerdo a los criterios que en tal sentido determine la autoridad política sanitaria.
3. Administrar el registro de los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada (HPGD), estableciendo los mecanismos que permitan optimizar la gestión y el funcionamiento de los hospitales en general y de los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada en particular.
4. Establecer el sistema de habilitación y categorización de servicios, establecimientos y redes de salud.
5. Realizar las investigaciones que permitan adecuar los servicios de salud a las necesidades de la comunidad, generando modalidades participativas para el conocimiento y difusión.
6. Estandarizar las herramientas para la documentación clínica y sanitaria de los derechos y obligaciones de los usuarios de los Servicios de Salud.
7. Propiciar la actualización permanente de las regulaciones, analizando las experiencias internacionales.
8. Articular, en forma coordinada con las demás áreas competentes del Ministerio, acciones con otros entes y organismos vinculados a la regulación sanitaria a través de la firma de acuerdos de cooperación técnica.
9. Participar en la elaboración de las normas de organización y funcionamiento de los Servicios de Salud y consensuar con las jurisdicciones las normas vinculadas a la habilitación y categorización de servicios, establecimientos y redes de salud.
10. Participar en la armonización de marcos regulatorios de servicios y profesiones de la salud en los procesos de integración regional en salud.
11. Promover el conocimiento y la difusión de los derechos y obligaciones de los usuarios de los Servicios de Salud, en forma coordinada con las áreas competentes del MINISTERIO DE SALUD.
12. Coordinar la presencia del Ministerio a través de las actividades de la Red Sanitaria Nacional.
13. Desarrollar e implementar mecanismos que favorezcan el establecimiento de vínculos institucionales, según las pautas definidas por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN en relación a otros organismos provinciales, así como con instituciones de la seguridad social y del sector privado, en el ámbito de la temática sanitaria.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Determinar las pautas de formación del capital humano en salud de acuerdo a la estrategia establecida por el Ministerio en la materia.
Promover las acciones dirigidas a la capacitación, formación y fortalecimiento de los integrantes del equipo de salud —profesionales y no profesionales— tendientes a alcanzar su desarrollo y afianzar los procesos de calidad de los servicios y su vinculación con la comunidad.
ACCIONES:
1. Definir los criterios de formación y capacitación del capital humano en salud, teniendo como eje central la estrategia de Atención Primaria de la Salud.
2. Determinar el perfil de los profesionales, técnicos y auxiliares que requiere el sistema, promoviendo las acciones necesarias para su formación y capacitación, de acuerdo a los requerimientos previamente detectados.
3. Intervenir, junto a los organismos nacionales competentes, en el reconocimiento de los programas de formación del equipo de salud, en sus diferentes modalidades, tanto de grado como de postgrado, promoviendo las reformas curriculares necesarias para su adaptación a las demandas del sistema y la comunidad.
4. Financiar e intervenir en las adjudicaciones de becas nacionales en el área de la salud, recabar y evaluar los informes y los resultados presentados por los becarios.
5. Financiar e intervenir en las adjudicaciones de cupos de Residentes del Equipo de Salud en las distintas jurisdicciones del país.
6. Promover e impulsar el conocimiento vinculado al desarrollo del capital humano y la calidad de los servicios para la actualización permanente, capacitación y formación del mismo.
7. Asistir técnicamente a las jurisdicciones provinciales para la capacitación y el desarrollo de su capital humano y de los procesos de calidad de los servicios.
8. Promover acciones tendientes a modelar conductas del capital humano en el proceso de atención de la salud según los requerimientos del sistema.
9. Asistir a la SUBSECRETARÍA DE POLITICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN en el diseño de las políticas de recursos humanos con énfasis en el sistema de Residencias.
10. Coordinar y participar en el diseño y desarrollo de políticas de capacitación, promoción y protección de la salud de los Trabajadores del Ministerio en particular y de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL en general.
11. Propiciar el desarrollo de las Unidades de Salud Ocupacional establecidas en las jurisdicciones, fijando las pautas de su funcionamiento y vinculación con los organismos Nacionales que utilizan sus servicios.
12. Coordinar y controlar el accionar administrativo vinculado a la gestión contable y patrimonial de las Unidades de Salud Ocupacional con asiento en las jurisdicciones provinciales, coordinando con las áreas competentes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la Jurisdicción.
13. Implementar, en coordinación con la Dirección Nacional de Regulación Sanitaria y Calidad en Servicios de Salud, un sistema de información y comunicación sobre el capital humano en salud de disponibilidad nacional.
14. Coordinar y participar en programas de capacitación profesional y formación en administración y gerencia para el capital humano en salud y su actualización permanente.
15. Desarrollar el relevamiento de instituciones formadoras y de capacitación de los recursos humanos en salud.
16. Coordinar el Observatorio de Recursos Humanos en Salud convocando a los referentes de la formación y del trabajo en salud.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE REDES DE SERVICIOS DE SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Coordinar las acciones necesarias para la implementación de un modelo de atención de la salud basado en redes de servicios de salud, orientadas hacia la cobertura universal de la población.
ACCIONES:
1. Promover un modelo de cuidado de la salud de los individuos y de las poblaciones sobre la base de redes de servicios de salud, fortaleciendo los sistemas de salud basados en la estrategia de la Atención Primaria de salud.
2. Fomentar el acceso, la calidad y la equidad de los servicios y de las redes de servicios de salud,
3. Transferir conocimientos y tecnologías generados a partir de los servicios nacionales de salud, hacia otros efectores de gestión pública y privada del Sistema de Salud.
4. Planificar la creación de nuevas redes de servicios de salud y adecuar las redes de salud existentes, conforme las necesidades locales y regionales de la población.
5. Facilitar la implementación de las acciones de los Programas Nacionales en los servicios de salud que dependen del Ministerio y de las redes de servicios de salud.
6. Participar en la elaboración de programas de cooperación en materia de formación, capacitación y entrenamiento de los recursos humanos en salud.
7. Fomentar el desarrollo de líneas de investigación en ciencias básicas, clínicas aplicadas, epidemiológicas, socio-sanitarias y de educación médica entre los servicios de salud que conforman las redes de servicios de salud.
8. Propiciar actividades de participación de la comunidad desde las redes de servicios de salud.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN, GESTIÓN Y MONITOREO DE LOS SERVICIOS DE SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Coordinar las acciones para la implementación del modelo de atención de la salud que impulse el Ministerio en los institutos y organismos asistenciales descentralizados que se encuentren bajo la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES.
ACCIONES:
1. Promover, en los organismos asistenciales descentralizados bajo la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES, acciones que favorezcan el mantenimiento de la salud de la población y la prevención de las enfermedades, en coordinación con las áreas competentes en la materia de la Jurisdicción y de otras áreas de gobierno, propiciando la consolidación de la estrategia de la Atención Primaria de la Salud como política de Estado.
2. Promover, en los organismos asistenciales descentralizados en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES, acciones que prioricen el cuidado y la atención de la población en situación de pobreza, de mayor vulnerabilidad social y sanitaria.
3. Promover el empleo racional de los recursos de tecnología sanitaria en los organismos asistenciales descentralizados en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES.
4. Promover el uso racional de los medicamentos y el acceso oportuno a medicamentos y recursos terapéuticos en los organismos asistenciales descentralizados en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES.
5. Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas sanitarias para cada uno de los organismos asistenciales descentralizados en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES.
6. Proponer la adopción de herramientas y tecnologías de gestión hospitalaria e institucional que redunden en beneficio de la población asistida.
7. Propiciar la mejora continua de las condiciones que hacen a las relaciones laborales y profesionales de los Recursos Humanos que prestan servicio en los Organismos, Institutos y Hospitales donde rija la Carrera Profesional, aprobada por Decreto N° 277/91 y sus modificatorios.
8. Participar en la Comisión Permanente de la Carrera Sanitaria Profesional del Decreto N° 277/91 y sus modificatorios.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
DIRECCIÓN DE ARTICULACIÓN DE COBERTURAS PÚBLICAS JURISDICCIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Fomentar y fortalecer la instauración de coberturas públicas jurisdiccionales de salud en todo el país, brindando el soporte necesario para su correcta articulación con los programas del Ministerio.
ACCIONES:
1. Proponer los lineamientos que permitan el desarrollo de un marco legal para la cobertura pública de salud.
2. Coordinar junto con las jurisdicciones el alcance de cada cobertura pública jurisdiccional y su puesta en marcha.
3. Supervisar la estandarización y la actualización de las normas y procedimientos de las coberturas públicas jurisdiccionales para una correcta articulación de las mismas.
4. Establecer los estándares mínimos de calidad requeridos para cada cobertura pública jurisdiccional de salud.
5. Controlar y supervisar el funcionamiento de las coberturas públicas jurisdiccionales de salud, mediante la implementación de trazadoras sanitarias y reportes periódicos, así como mediante visitas en las provincias y en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
6. Programar y dirigir las acciones necesarias para el correcto funcionamiento de las coberturas Jurisdiccionales de Salud, mediante su articulación con los programas del Ministerio.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PRESTACIONES MÉDICAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Supervisar la cobertura médica integral a los beneficiarios de pensiones no contributivas residentes en todo el territorio nacional que se encuentren afiliados al Programa Federal de Salud —PROFESALUD—.
ACCIONES:
1. Desarrollar acciones tendientes a promover el acceso a la asistencia médica de los afiliados al Programa Federal de Salud —PROFESALUD— manteniendo actualizados los padrones de beneficiarios.
2. Coordinar la ejecución del Programa Federal de Salud —PROFESALUD—, distribuyendo los recursos presupuestarios de acuerdo a los convenios establecidos en el marco de un esquema de descentralización presupuestaria y de gestión.
3. Promover la difusión y promoción de los derechos y obligaciones de la población beneficiaria bajo el programa.
4. Efectuar el diseño, ejecución y supervisión de los modelos de control y monitoreo de sistemas administrativos contables, conforme a los objetivos establecidos.
5. Participar en el diseño, ejecución y supervisión de los modelos prestacionales a brindar a la población beneficiaria, conforme a los objetivos establecidos.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
DIRECCIÓN DE ACCIONES COMUNITARIAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Impulsar la instalación de una cultura del cuidado, protección y promoción de la salud, atendiendo la prevención de enfermedades a través de dispositivos de educación, información y comunicación dirigidos a la población en general.
ACCIONES:
1. Favorecer el acceso y el derecho a la información de los individuos y comunidades en las cuestiones de prevención y protección de la salud.
2. Facilitar estudios preventivos básicos de pacientes para la detección de los factores de riesgo sanitario.
3. Establecer, y en su caso fortalecer, la accesibilidad a los sistemas sanitarios públicos.
4. Implementar acciones preventivas para evitar conductas poco saludables en las comunidades, mediante políticas de difusión de acciones preventivas y vida saludable.
5. Fortalecer la estrategia de Atención Primaria de la Salud en los sistemas locales de salud a través de la participación de Médicos Comunitarios y toda otra actividad que implemente el Ministerio.
6. Fomentar la accesibilidad a la atención sanitaria en el territorio nacional a través de las acciones de Unidades Sanitarias Móviles (USAM).

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
DIRECCIÓN NACIONAL DE MATERNIDAD, INFANCIA Y ADOLESCENCIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en los aspectos relacionados con la salud materno-infantil y adolescente promoviendo el seguimiento del embarazo, el parto y el puerperio y el desarrollo del niño desde su nacimiento hasta la adolescencia, que permitan el desarrollo infantil temprano, la salud en edad escolar y en la adolescencia.
ACCIONES
1. Realizar el seguimiento de los riesgos para la salud de las madres, los niños y los adolescentes.
2. Brindar asistencia técnica a las jurisdicciones provinciales y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en las áreas de su competencia, que así lo requieran.
3. Elaborar y ejecutar las acciones referentes a la prevención y el seguimiento de los riesgos para la salud de las madres, los niños y los adolescentes, definidos como un grupo de riesgo especial.
4. Diseñar programas y proyectos dirigidos a reducir la morbimortalidad materna e infantojuvenil, promoviendo la lactancia materna, el desarrollo infantil temprano, la salud en edad escolar y en la adolescencia, el seguimiento del embarazo, parto y puerperio y al niño desde su nacimiento hasta la adolescencia.
5. Desarrollar programas y acciones compensatorias dirigidas a reducir las brechas de los indicadores de salud existentes entre las jurisdicciones.
6. Realizar la adecuación de las normas técnicas de atención materno-infanto-juvenil a las nuevas orientaciones de organización de servicios, de programas y proyectos.
7. Desarrollar estrategias de capacitación y actualización permanente de los recursos humanos que trabajan en torno a la salud materno-infanto-juvenil.
8. Desarrollar, en coordinación con las áreas pertinentes del Ministerio, modelos de comunicación social que promuevan la salud materno-infanto-juvenil.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN COMUNITARIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en la promoción de la salud de la población y en la prevención de las enfermedades, priorizando la población en situación de pobreza y mayor vulnerabilidad social y sanitaria, mediante la consolidación de la estrategia de Atención Primaria de la Salud, trabajando en conjunto con las áreas competentes en la materia de los Gobiernos Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
ACCIONES:
1. Desarrollar los elementos característicos de la atención primaria primer contacto, longitudinalidad, integralidad y participación comunitaria.
2. Asistir en la coordinación y el fortalecimiento de las áreas provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el desarrollo de un sistema sanitario centrado en la Atención Primaria de la Salud, con miras a favorecer la redistribución de los recursos y mejorar la accesibilidad universal a los mismos.
3. Potenciar la equidad de la atención en salud para disminuir la distribución desigual de la carga de enfermedad en los distintos estratos socioeconómicos de la población.
4. Orientar la atención comunitaria y la puesta en marcha de mecanismos de colaboración intersectorial adaptados a las características y necesidades de cada grupo poblacional.
5. Promover la formación y capacitación de recursos humanos en Atención Primaria de la Salud.
6. Producir, sistematizar y difundir, en coordinación con las áreas pertinentes del Ministerio, información vinculada a la materia de su competencia y desarrollar estrategias de comunicación social que favorezcan la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD BUCODENTAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Proponer, desarrollar y controlar las acciones de promoción, prevención, asistencia y rehabilitación de la salud bucodental, tendientes a reducir la morbilidad por enfermedades bucodentales y mejorar la calidad de vida de la población más vulnerable.
ACCIONES:
1. Desarrollar y fortalecer estrategias en Atención Primaria en Salud Bucodental en los contextos locales que favorezcan el acceso a la información y el autocuidado.
2. Constituir un Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en el componente bucal de la salud.
3. Promover la educación y promoción de la salud bucodental en los diversos ámbitos educativos, en coordinación con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES y/o autoridades con competencia en la materia, fomentando la adquisición de hábitos saludables y el autocuidado.
4. Promover, incentivar y desarrollar investigaciones científicas que orienten la definición de las políticas sanitarias y sustenten la toma de decisiones.
5. Fortalecer la red de atención de salud bajo la estrategia de la Atención Primaria de la Salud, promoviendo la jerarquización del primer nivel.
6. Desarrollar estrategias de capacitación de los recursos humanos, en el área de la salud bucodental como componente de la salud general.
7. Impulsar la mejora de la calidad de los servicios de atención de salud bucodental en términos de prácticas y procedimientos.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
DIRECCIÓN SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en la elaboración y propuesta de una estrategia integral destinada a reducir el impacto de la epidemia del VIH/SIDA, las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) y las hepatitis virales, mediante acciones de prevención y promoción del cuidado de la salud en relación con las mismas.
ACCIONES:
1. Proponer e implementar políticas de prevención de la transmisión vertical del VIH/SIDA, de las ITS congénitas y de hepatitis virales mediante campañas, fortalecimiento de los efectores de salud, provisión de insumos, pruebas de screening y confirmatorias.
2. Proponer e implementar políticas de prevención primaria y secundaria del VIH/SIDA, ITS y hepatitis virales en la población general, focalizando la estrategia en poblaciones vulnerables y vulnerables emergentes: trabajadores formales e informales, trabajadores sexuales, minorías sexuales, niños y adolescentes en situación de calle, poblaciones migrantes, de frontera y población privada de su libertad.
3. Proponer e implementar políticas de educación sexual y prevención del VIH/SIDA, ITS y hepatitis vírales en jóvenes escolarizados y no escolarizados, promoviendo el acceso a preservativos masculinos y fomentando el uso del preservativo femenino.
4. Elaborar y desarrollar líneas de acción de reducción de daños en la población usuaria de drogas y alcohol, en el ámbito de su competencia.
5. Impulsar el diagnóstico serológico de la infección por VIH/SIDA, ITS y hepatitis virales en el control prenatal en todos los establecimientos públicos de salud.
6. Diseñar y ejecutar acciones destinadas a la calidad y a la continuidad de los estudios de laboratorios necesarios para el seguimiento de personas con VIH/SIDA (PVVS) y hepatitis virales.
7. Gerenciar la provisión de medicamentos para las personas con VIH/SIDA (PVVS) y hepatitis virales.
8. Gerenciar la provisión de medicamentos para VIH/SIDA, ITS y hepatitis virales y otras enfermedades asociadas para personas viviendo con VIH/SIDA (PVVS) que se encuentran bajo programa.
9. Elaborar y actualizar las normas que promuevan la atención integral, adoptando criterios de nuevas formas de prevención primaria, secundaria y terciaria.
10. Promover el respeto a los derechos fundamentales de adultos y niños afectados directa o indirectamente por VIH/SIDA y hepatitis virales mediante el desarrollo de campañas de difusión específicas sobre la temática.
11. Desarrollar cursos de capacitación, formación y actualización para el personal de los equipos de salud y de otras áreas involucradas, en materia de su competencia.
12. Diseñar y ejecutar acciones programáticas referentes a la vigilancia epidemiológica del VIH/SIDA de primera, segunda y tercera generación.
13. Fomentar la descentralización de acciones de promoción y prevención a niveles locales o municipales, transfiriendo lineamientos y políticas sanitarias a las jurisdicciones y distribuyendo recursos presupuestarios de acuerdo a los convenios establecidos con las mismas.
14. Promover e incentivar el desarrollo de programas de investigación en relación al VIH/SIDA, ITS y hepatitis virales en forma articulada con las demás áreas pertinentes del Ministerio, promoviendo las pautas bioéticas.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES.
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir a las autoridades en la formulación de políticas y estrategias de promoción, prevención, vigilancia y control de enfermedades no transmisibles.
ACCIONES:
1. Coordinar los programas dirigidos a la prevención y control de las enfermedades no transmisibles y sus factores de riesgo.
2. Fortalecer la capacidad de respuesta del sector salud para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles y sus factores de riesgo.
3. Promover la elaboración de guías de prevención y control de enfermedades crónicas no transmisibles o que presentan factores de riesgo para éstas.
4. Promover hábitos, actitudes y comportamientos saludables para prevenir enfermedades en materia de su competencia.
5. Coordinar estrategias y acciones de vigilancia epidemiológica de las principales enfermedades no transmisibles y de sus factores de riesgo.
6. Desarrollar acciones dirigidas a combatir el sedentarismo, la alimentación inadecuada y el consumo de tabaco, como prevención de las enfermedades en materia de su competencia.
7. Promover la regulación de la oferta de productos y servicios destinados a mejorar las condiciones de salud de la población.
8. Promover acciones de comunicación social y de educación para la salud por medios masivos y/o interpersonales y asesorar en esta materia a los organismos que lo requieran.
9. Realizar la vigilancia y monitoreo de las principales enfermedades no transmisibles, las lesiones externas y sus factores de riesgo.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA Y ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN DE SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Proponer y supervisar programas y acciones de vigilancia epidemiológica e intervención en brotes y desarrollar campañas específicas de abordaje de enfermedades en función de las necesidades sanitarias.
ACCIONES:
1. Contribuir al diagnóstico del estado sanitario del país y de sus necesidades básicas, realizando el estudio de tendencias específicas de su responsabilidad.
2. Desarrollar y coordinar actividades intra y extrasectoriales de vigilancia, prevención y control de la morbimortalidad atribuible a enfermedades transmisibles, prioritarias y prevalentes, en el marco de las políticas nacionales de salud.
3. Supervisar la estandarización y la actualización de las normas y procedimientos para control de las enfermedades prioritarias transmisibles y establecer prioridades en salud pública de acuerdo a susceptibilidad y riesgo de la población frente a determinados eventos.
4. Operativizar las acciones y programas de vigilancia epidemiológica en forma conjunta con otras instancias relacionadas, coordinando los diferentes organismos y programas y contribuyendo al fortalecimiento de instituciones nacionales, provinciales y locales responsables del desarrollo de la vigilancia, prevención y control de enfermedades.
5. Establecer mecanismos tendientes a coordinar el relevamiento, la sistematización, el análisis y la difusión de información relacionada con la situación sanitaria de su competencia.
6. Proveer los insumos de información epidemiológica y estratégica para la permanente actualización de la Sala de Situación en Salud.
7. Asistir a las autoridades en las instancias intersectoriales en los temas de su competencia.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS SANITARIAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Diseñar e implementar un Sistema Nacional de Atención de Emergencias y Desastres que permita articular con las jurisdicciones de todo el país, la prevención de riesgos y daños a la salud y coordinar operativos conjuntos en caso de emergencias y/o desastres que requieran el auxilio del Estado Nacional.
ACCIONES:
1. Asistir en la elaboración de la normativa referida a la capacitación, la certificación y la acreditación del recurso humano propio y de otras jurisdicciones que participan en la respuesta ante situaciones de emergencias y desastres.
2. Categorizar y acreditar el recurso físico en todas las etapas de la atención de las emergencias y los desastres.
3. Diseñar e implementar el Registro Nacional de Emergencias.
4. Diseñar e implementar programas de prevención y control de lesiones con participación de las jurisdicciones.
5. Desarrollar programas de capacitación comunitaria para disminuir la vulnerabilidad de las personas en situaciones de trauma, emergencia y desastre.
6. Producir y difundir, en coordinación con las áreas pertinentes, información sobre la prevención de emergencias y desastres.
7. Coordinar, en forma directa y permanente con los organismos jurisdiccionales, organismos internacionales y entidades no gubernamentales, las actividades sanitarias de prevención, preparación, mitigación, atención y rehabilitación en sus respectivas competencias, ante situaciones de emergencias y desastres.
8. Coordinar y gestionar, en coordinación con las áreas con competencia en la materia de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, el apoyo mediante la utilización de móviles terrestres, aéreos y fluviales en los operativos de evacuación, derivación y recepción de víctimas individuales o en masa, en situaciones de emergencias y desastres de origen natural, tecnológico u otro tipo de violencias.
9. Planificar y/o coordinar operativos y acciones específicas a desarrollar en cualquier lugar del país o fuera de él cuando se disponga, en concurso con los organismos con competencia primaria en la materia.
10. Coordinar en sus aspectos técnicos y operativos el servicio de radiocomunicaciones del Ministerio en el ámbito nacional, para una atención de carácter permanente que permita evaluar y asistir la demanda producida en situaciones de emergencias y desastres, así como el mantenimiento preventivo y la reparación de equipos e instalaciones específicos.
11. Coordinar el almacenamiento y distribución de los materiales necesarios para atender en forma inmediata la demanda de asistencia sanitaria generada por emergencias que afecten a la población.
12. Coordinar y evaluar los requerimientos de elementos y equipos destinados a la ejecución de operativos de emergencias y desastres.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Promover y coordinar redes locales, regionales y nacionales ordenadas según criterios de riesgo, que contemplen el desarrollo adecuado de los recursos para la atención primaria de salud mental y de las adicciones, articulando los diferentes niveles y estableciendo mecanismos de referencia y contrarreferencia que permitan y normaticen su empleo y disponibilidad para toda la población.
ACCIONES:
1. Integrar las políticas de salud mental y tratamiento de las adicciones en las políticas generales de salud propuestas por el Ministerio, procurando fortalecer las capacidades institucionales que permitan propiciar accesibilidad a los servicios de salud mental.
2. Generar principios rectores en materia de atención primaria de la salud mental y los tratamientos de las adicciones, desde una perspectiva respetuosa de los derechos humanos y las garantías individuales de las personas, con un criterio interdisciplinario de atención, que priorice la participación y acompañamiento familiar y comunitario.
3. Coordinar acciones tendientes a la unificación de criterios sobre las mejores formas de atención psiquiátrica y propiciar las transformaciones que fueran necesarias, así como la incorporación de los mismos en las instancias de formación y capacitación profesional.
4. Coordinar actividades con otras áreas del ESTADO NACIONAL sobre la materia de su incumbencia y continuar con los proyectos de colaboración en ejecución.
5. Articular una mesa de trabajo permanente con los Responsables Jurisdiccionales en Salud Mental y Adicciones del país para consensuar, evaluar y/o modificar estrategias, programas, actividades e intervenciones e incrementar la cooperación técnica y la participación intersectorial e interdisciplinaria.
6. Coordinar las acciones de prevención y tratamiento de las adicciones con la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO (SEDRONAR) y el Centro Nacional de Reeducación Social (CENARESO), para la implementación de líneas de acción que se identifiquen como necesarias para posicionarlos como Centros Nacionales de Referencia.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
DIRECCIÓN DE ECONOMÍA DE LA SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Evaluar la estructura de costos de las distintas áreas del sector salud y llevar a cabo el seguimiento tendiente a determinar la incidencia de tales costos en el acceso de la población a los servicios de salud.
ACCIONES:
1. Diseñar y monitorear los indicadores específicos para cada área del sector salud que permitan observar la evolución y efectividad de los distintos programas y políticas implementadas.
2. Establecer mecanismos periódicos de transmisión de información acerca de las transferencias en dinero y en especie que se efectúen a cada jurisdicción.
3. Realizar el seguimiento periódico de los precios de las compras estatales de medicamentos e insumos.
4. Realizar el seguimiento de los precios de venta al público de los medicamentos.
5. Elaborar información para ser empleada en reuniones de trabajo, ruedas de prensa, talleres, jornadas y eventos similares, en materia de su competencia.
6. Analizar el gasto en salud y su consolidación con las cuentas nacionales de salud.
7. Realizar el seguimiento de las variables sociales de interés tanto para la formulación como para la evaluación de la política sanitaria implementada por el Ministerio.
8. Evaluar la situación prestacional del sistema de salud a partir de la realización de análisis costo-beneficio del sector, que permitan al nivel político la reasignación de recursos.
9. Evaluar la estructura de costos de los insumos básicos y de los medicamentos y la incidencia de estos últimos en el gasto público.
10. Analizar el impacto económico de las políticas implementadas desde el nivel central, estudiar la factibilidad económica de los programas y elaborar proyecciones económicas del sector.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRACIÓN SANITARIA FEDERAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en la planificación e implementación de planes, programas y proyectos destinados a fortalecer la integración sanitaria entre las distintas jurisdicciones.
ACCIONES:
1. Promover, organizar, programar y ejecutar actividades relacionadas con las relaciones sanitarias federales y con instituciones vinculadas al quehacer sanitario a nivel nacional.
2. Intervenir en el seguimiento y evaluación técnica de los convenios sanitarios nacionales.
3. Fomentar y desarrollar actividades de cooperación técnica con las jurisdicciones provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
4. Analizar la legislación sanitaria de las distintas jurisdicciones y proponer modificaciones tendientes a lograr la armonización entre las normas nacionales y locales.
5. Organizar, coordinar y supervisar el accionar de las Delegaciones Sanitarias Federales en los distritos jurisdiccionales del país.
6. Coordinar, a través de las Delegaciones Sanitarias Federales, la ejecución y el control de las políticas y programas en su ámbito de competencia.
7. Entender en la organización y coordinación del Consejo Federal de Salud (COFESA).
8. Promover y participar en la articulación de las relaciones entre el Consejo Federal de Salud (COFESA) y el Consejo Federal Legislativo de Salud (COFELESA).
9. Promover relaciones institucionales con otros órganos e institutos dependientes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, tanto nacional como provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES CON ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Organizar, programar y ejecutar actividades vinculadas con las relaciones sanitarias con las organizaciones de la sociedad civil y la comunidad, destinadas a optimizar las políticas de salud.
ACCIONES:
1. Ejecutar las actividades de cooperación técnica con Organizaciones No Gubernamentales y con entidades gubernamentales que se le encomienden.
2. Intervenir en la formulación de proyectos de cooperación científica, tecnológica y financiera con Universidades, con entidades representativas del sector salud y con Organizaciones No Gubernamentales, en el ámbito de su competencia.
3. Brindar apoyo a la autoridad sanitaria para su apropiada participación en foros, eventos y reuniones del sector salud.
4. Promover el desarrollo de actividades específicas de salud institucional en las organizaciones de la sociedad civil y de la comunidad vinculadas.
5. Diseñar y mantener actualizada una base de datos de las organizaciones de la sociedad civil y de la comunidad vinculada al sector salud.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES SANITARIAS INTERNACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Organizar, programar y ejecutar las actividades vinculadas con las relaciones sanitarias internacionales, para optimizar las políticas de salud.
ACCIONES:
1. Ejecutar las actividades de cooperación técnica internacional con organismos internacionales que se le encomienden, en materia de su competencia.
2. Participar en la formulación de proyectos bilaterales y multilaterales de cooperación científica, tecnológica y financiera con otros países y con organismos internacionales, en materia de su competencia.
3. Coordinar las actividades y acciones relacionadas con el Subgrupo de Trabajo N° 11 Salud del MERCOSUR y de las Reuniones de Ministros de Salud del MERCOSUR y Estados Asociados.
4. Asistir a la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES en la formulación y elaboración de acuerdos y convenios en materia de salud.
5. Asesorar respecto de la participación de la autoridad sanitaria en foros y reuniones internacionales sectoriales de organismos internacionales en materia de salud, en el ámbito de su competencia.
6. Gestionar las reuniones derivadas de los convenios de cooperación bilaterales, de acuerdo a las directivas que se impartan en esta materia.
7. Brindar apoyo técnico y logístico para la apropiada participación de la autoridad sanitaria en los organismos, foros y cuerpos directivos de los Organismos Internacionales en materia de salud.
8. Analizar la legislación sanitaria de los países del MERCOSUR y Estados Asociados propiciando su compatibilización con la legislación nacional.
9. Realizar el seguimiento y la evaluación técnica de los convenios internacionales, bilaterales y multilaterales celebrados.

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE DETERMINANTES DE LA SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en el análisis y evaluación de los determinantes socio-ambientales de la salud, promoviendo su difusión y utilización apropiada.
ACCIONES:
1. Promover el desarrollo de actividades de investigación en temas de determinantes socio-ambientales de la salud.
2. Difundir, en coordinación con las áreas pertinentes del Ministerio, los temas vinculados a la salud y sus determinantes socio-ambientales, de manera que puedan promover la adopción de conductas saludables en la población y la prevención de riesgos vinculados a los determinantes de la salud.
3. Identificar y difundir, en coordinación con las áreas pertinentes del Ministerio, los debates sobre tendencias epidemiológicas y de los servicios de salud y promover la transferencia de la información sobre experiencias y desarrollo científico en otros países.
4. Desarrollar estudios que permitan caracterizar epidemiológicamente y propiciar normas relativas a prevención, diagnóstico, tratamiento y vigilancia de las intoxicaciones.
5. Coordinar y consolidar fuentes de información, indicadores sobre temas de salud y sus determinantes socio-ambientales para incrementar el uso eficaz y eficiente de los recursos.
6. Proponer estrategias integradas entre los niveles de gobierno local, provincial, nacional y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, para la estandarización de métodos de evaluación de impacto sanitario y socio-ambiental de los planes y programas de salud en ejecución en todo el país.
7. Promover y fortalecer el desarrollo de las capacidades en determinantes de la salud de las jurisdicciones y de la cooperación intra e intersectorial en el ámbito nacional.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°
MINISTERIO DE SALUD

INCORPORACIONES


HOMOLOGACIONES


HOMOLOGACIONES CON REASIGNACIÓN


RATIFICACIONES



DEROGACIONES

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