miércoles, 21 de febrero de 2018

Chubut: se prorroga la emergencia en los servicios, divisiones y secciones de anestesiología

Ley 617 - Provincia de Chubut

Título: Salud. Efectores del Subsector Estatal de Salud de la Provincia del Chubut. Emergencia en los servicios, divisiones y secciones de anestesiología. Declaración. Ley I N° 597. Prórroga.

Fecha B.O.: 24-ene-2018

Texto de la norma: 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY

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Artículo 1.- Prorrógase, a partir del 1º de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018, la emergencia de los Servicios, Divisiones y Secciones de Anestesiología de los efectores del Subsector Estatal de la Provincia declarada por el Decreto N° 1076/08 ratificado por las Leyes I N° 375 y I N° 391 y prorrogada por las Leyes I N° 438, I N° 454 , I N° 492 , I N° 514 , I N° 552  , I N° 558 y I N° 597 . 

Artículo 2.- Durante el período de emergencia la efectividad de las renuncias de los profesionales que presten servicios y/o cumplan funciones de la especialidad médica en anestesiología, quedará supeditada a la asunción de tales funciones por otro profesional de la materia debidamente designado. En el mismo lapso ningún anestesista podrá negarse a cumplir con las exigencias y necesidades de su servicio y/o funciones profesionales, aun cuando se encontrare en el supuesto referido en el párrafo anterior. 

Artículo 3.- Facúltase al Ministerio de Salud para que adopte las medidas técnicas, contables y administrativas que dentro de la jurisdicción y en el marco del presupuesto asignado, conduzcan a garantizar la efectiva prestación de los Servicios de Anestesiología. 

Artículo 4.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO.

Dto. N° 70/18

Rawson, 19 de Enero de 2018

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