El Tribunal Oral Federal de Tucumán dispuso la prisión
domiciliaria de un preso que presentaba varias enfermedades y por la
imposibilidad del servicio penitenciario para cumplir el indispensable cuidado
de su salud.
En los autos "A., D. s/INCIDENTE DE PRISION
DOMICILIARIA", la defensa de un hombre detenido solicitó que se resuelva
con urgencia el pedido de prisión domiciliaria de su defendido debido a que su
situación de salud le impide continuar alojado en un establecimiento
penitenciario.
El informe médico del Servicio Penitenciario Provincial
arrojó que el interno presenta dolores de grandes articulaciones que limitan su
motilidad, padece hipertensión arterial del larga data con repercusiones en
órganos blandos. Además, tiene patologías oculares que ocasionan disminución de
la agudeza visual, Mal de Chagas con daño cardíaco incipiente y tiene
patologías asociadas a la rotura de ligamento cruzado anterior de la rodilla
derecha, lo que genera inestabilidad y dificultad en la marcha.
Asimismo, la conclusión de dicho informe señaló que el penal
carece completamente de las instalaciones adecuadas para asistir a personas con
motilidad reducida, no posee agarraderas, rampas, espacios adecuados en las
instalaciones sanitarias para personas con motilidad reducida y no cuenta en
absoluto con infraestructura y logística para emergencias cardiocoronarias.
Ante ello, Gabriel Eduardo Casas, juez de Cámara, expresó
que, si bien el imputado debe cumplir su condena hasta los 70 años, quedó
demostrada la imposibilidad del servicio penitenciario para cumplir el
indispensable cuidado de la salud del interno. Agregó que la situación de salud
del acusado, sumadas a razones de orden humanitario tornan absolutamente
procedente la morigeración de la forma de cumplimiento de la privación de
libertad.
Para hacer efectiva la prisión domiciliaria, el detenido
será vigilado con pulseras electrónicas, ya que eso permite contar con un mayor
control del Estado que se aviene de manera fluida con una interpretación pro
homine de la normativa vigente, destacó el magistrado.
Por todo lo expuesto, el camarista resolvió disponer la
prisión domiciliaria del imputado y ordenar al director del Programa de
Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos de la Nación que adopte las medidas pertinentes para ello.
Fuente: Diario Judicial - Fallo completo disponible en el portal de la fuente citada
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