miércoles, 16 de marzo de 2016

La ANMAT difunde las incorporaciones de medicamentos al vademécum nacional


La ANMAT informa que ha comenzado a publicar información de las autorizaciones de comercialización de especialidades medicinales. Se trata de aquellas que han sido dadas de alta en el Vademécum Nacional de Medicamentos (VNM) en el mes de enero.



El acceso a esta nueva sección, llamada “Altas en VNM”, está disponible a través de un botón ubicado en la columna derecha de la página principal de este sitio web.

A través de ella, la población en general, los profesionales y las entidades de salud podrán mantenerse informados acerca de las autorizaciones en el mercado de productos con nuevas moléculas (IFA), nuevas presentaciones y nuevas formas farmacéuticas, entre otros datos.

Esta Administración Nacional continúa trabajando en la generación de herramientas que presenten datos de la gestión pública y faciliten el acceso a la información por parte de todos los ciudadanos.


martes, 15 de marzo de 2016

Fallo sobre afiliaciones y derecho a la salud

Resumen del Fallo:

CSJ 509/2014 (50-A) – “A., F., J. c/ Estado Nacional s/ amparo ley 16.986” – CSJN – 08/03/2016

OBRAS SOCIALES. AFILIACIONES. HIJOS MAYORES DE EDAD. Pretensión de que se restablezca la afiliación de la hija de un afiliado extraordinario de 26 años, en la categoría de familiar adherente extraordinario. Improcedencia. Art. 5, inc. a.5.4 del Estatuto de la Obra Social del Poder Judicial de la Nación. Modificación. Interpretación. Inexistencia de un derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentos. Ausencia de afectación al principio de igualdad. Art. 6 de la Ley 26.689. Deber de todas las obras sociales de brindar cobertura asistencial a las personas con “enfermedades poco frecuentes” 

“… el Estatuto de la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, aprobado por acordada 27/11 de esta Corte contempla en su art. 5°, apartado a.5.4. que podrán incorporarse como afiliados extraordinarios "…Los hijos/hijas entre 21 y 25 años que no cursen estudios regulares oficialmente reconocidos por las autoridades competentes y los hijos/hijas mayores de 26 años que hubieren estado afiliados integrando el grupo de un Titular activo o Jubilado como mínimo durante los 5 -cinco- años previos, residan en el país, no contaren con ninguna otra cobertura médico asistencial de obra social y/o de cualquier otro tipo, podrán continuar afiliados en este carácter”.”

“… los agravios expresados por la demandada resultan procedentes pues, según resulta del apartado transcripto, la resolución que dispuso la baja de la hija del actor se atuvo a aplicar las disposiciones contenidas en los preceptos estatutarios vigentes al momento en que ella cumplió 26 años. De la norma citada se desprende que solo pueden afiliarse en la categoría de "extraordinario” los hijos mayores de 26 años que hayan pertenecido al grupo familiar de un titular activo o jubilado, categorías estas últimas en las que no revistaba el Dr. A.”

“… el hecho de que la actora hubiera estado afiliada por muchos años bajo un régimen que permitía a los hijos de los afiliados extraordinarios mantener su vínculo con la Obra Social, como familiar adherente, aun cuando fueran mayores de 26 años no modifica la conclusión precedentemente expuesta. En efecto, la circunstancia resaltada no constituye una manifestación de una situación definitivamente consolidada en favor de la actora sino que simplemente le otorgaba la mera expectativa de que, cuando arribara a esa edad, contaría con la posibilidad de continuar afiliada a la Obra Social.”

“Las meras expectativas no son derechos y, por lo tanto, aquella posibilidad de mantener la afiliación desapareció en el afta 2011, al modificarse el estatuto de la Obra Social. Cabe recordar que, conforme el conocido criterio jurisprudencial de esta Corte, nadie tiene un derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentos o a su simple inalterabilidad (Fallos: 267:247; 268:228; 275:130; 299:93 y 325:2600).”

“… la resolución impugnada no comporta una manifiesta afectación del derecho a gozar de asistencia médica ni compromete el derecho a la vida o a la preservación de la salud garantizado por normas de rango constitucional. Por el contrario, los propios jueces de cámara que conformaron la mayoría admitieron expresamente que M. P. cuenta con la cobertura de otra prestadora de servicios médicos asistenciales por estar afiliada a la Obra Social del Automóvil Club Argentino y tiene, además, la opción de incorporarse a la Administración Provincial de Seguro de Salud (APROSS) de la Provincia de Córdoba en razón de que su padre se desempeña como magistrado en el poder judicial de dicha provincia.”

“… no puede dejar de advertirse que el fallo de primera instancia, confirmado por la cámara, encuadró la situación de M. P. en las disposiciones de la ley 26.689 sobre cuidado integral de la salud de las personas con "enfermedades poco frecuentes" (EPF); y, justamente, el art. 6° de dicha norma impone a todas las obras sociales el deber de brindar cobertura asistencial a las personas con EPF.”

“… las circunstancias que los propios jueces de la causa tuvieron por probadas impiden sostener que la resolución de la Obra Social haya puesto en jaque el derecho a la salud de la actora ya que es evidente que no la dejó sin cobertura médica adecuada para atender la enfermedad que la aqueja.”

“… la sentencia de segunda instancia simplemente confirmó el fallo de grado anterior que expresamente había declarado abstracto el tratamiento del planteo de inconstitucionalidad formulado por la parte actora. Y aunque en los considerandos del pronunciamiento de la cámara se hizo alguna alusión a la garantía de igualdad, lo cierto es que ella no pasó de la dogmática afirmación de que el estatuto de la Obra Social debería otorgar al grupo familiar de los afiliados meramente "extraordinarios" las mismas posibilidades de afiliación que brinda a los familiares de quienes son sus beneficiarios naturales (los titulares activos y jubilados). Tales afirmaciones, que no se hacen cargo de la doctrina del Tribunal que señala que no resulta afectado el principio de igualdad cuando se confiere un tratamiento diferente a personas que se encuentran en situaciones distintas (Fallos: 315:135; 329:4349; entre muchos otros), en modo alguno pueden ser consideradas como el acabado examen del precepto que deben realizar los magistrados en ejercicio de la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia, cual es la declaración de inconstitucionalidad de una norma.”

Fuente: elDial.com - Fallo completo

jueves, 10 de marzo de 2016

10 de marzo: Día Mundial del Riñón

El jueves 10 de marzo de 2016 se celebra el Día Mundial del Riñón bajo la consigna “Enfermedad Renal y Niños: Actuar a tiempo para prevenirla”. El festejo es una iniciativa para concientizar sobre la importancia de la función renal, impulsada por la Sociedad Internacional de Nefrología y la Federación Internacional de Fundaciones Renales. 

Cada año organizaciones de salud de todo el mundo unen fuerzas para advertir  sobre el problema que significa la enfermedad renal para la comunidad en general. Este año el Día Mundial del Riñón está dirigido a la prevención y el diagnostico precoz de la enfermedad renal en niños.

Se estima que un 10% de la población mundial sufre de enfermedad renal crónica. Afecta a millones de personas en todo el mundo, y muchos niños pueden estar en riesgo de presentar una afección renal en una edad temprana,  por lo cual es crucial fomentar la educación, la detección temprana y un estilo de vida saludable en los niños, desde el nacimiento.

El diagnóstico a menudo se produce en una fase tardía, principalmente porque en general la degradación de la función renal es progresiva y silenciosa. Existen muy pocos tratamientos disponibles y las soluciones suelen ser la diálisis y el trasplante. Por eso la prevención es muy importante. Adoptar un estilo de vida sano es la forma más eficaz de evitar que se produzca una enfermedad renal a largo plazo.

Para cuidar la salud renal es importante realizar actividad física, controlar la presión arterial, controlar el azúcar en sangre, comer saludablemente y mantener el peso, tomar bastante líquido, no fumar, no tomar medicamentos sin prescripción médica de forma regular y realizarse un chequeo médico de los riñones en caso de tener diabetes, hipertensión, obesidad o algún familiar con enfermedad renal.

Los riñones cumplen funciones elementales para el organismo, tales como eliminar los desechos, regular la presión arterial, eliminar el exceso de líquido, regular la formación de glóbulos rojos, metabolizar los medicamentos y regular el metabolismo de los huesos. Es por eso que desde el año 2006 se celebra el día mundial y se realizan campañas para que la sociedad tome conciencia y sepa que cuidar la función renal es sencillo y puede prevenir enfermedades.

Fuente: Incucai

martes, 8 de marzo de 2016

Se distribuyen gratis medicamentos nuevos para la hepatitis C

Era un reclamo de médicos y pacientes desde el año pasado. Serán para los enfermos más graves.

El reclamo. El 4 de diciembre pasado, hubo protesta frente al Ministerio de Salud de la Nación para pedir por fármacos contra hepatitis C. Crédito: Gerardo Dell'OroYa está en marcha la distribución de nuevas drogas para tratar la hepatitis C en pacientes graves. Fue a partir de una compra realizada por el Ministerio de Salud de la Nación, tras el reclamo que venían haciendo asociaciones de médicos y pacientes desde el año pasado.

La distribución de los fármacos fue confirmada por la Asociación Argentina para el Estudio de las Enfermedades del Hígado, que es presidida por Adrián Gadanao.  "En esta oportunidad el Estado entregará medicamentos tan sólo para casos catalogados como muy urgentes. Sin embargo es de esperar que estos y otros revolucionarios tratamientos para combatir la hepatitis C sean accesibles cuanto antes al resto de la población afectada por el virus", afirmó.

Desde el miércoles, los medicamentos que se entregan son el daclatasvir y sofosbuvir, a través del programa Remediar de la cartera de salu, a un grupo de 1.200 personas que habían sido diagnosticadas con hepatitis C crónica en un estadio avanzado. Los nuevos medicamentos tienen menos efectos colaterales que otros fármacos convencionales y pueden aportar un porcentaje de curación mayor al 90%. "Es de esperar que próximamente el Estado, las obras sociales y los sistemas de medicina prepaga faciliten todas las drogas aprobadas", agregó Gadano.

Si bien no existe vacuna en su contra, la hepatitis C se puede prevenir si no se comparten agujas, jeringas o elementos cortopunzantes con otras personas, y se exige el uso de materiales descartables o esterilizados al hacerse tatuajes, piercings, implantes o al atenderse en hospitales. Casi no da síntomas, y se la diagnostica por un análisis de sangre que no es de rutina, pero se le puede pedir al médico. Si el test da positivo, se puede llegar a curar con los nuevos tratamientos.

Fuente: Clarín