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martes, 18 de junio de 2019

Vacuna contra la meningitis: admiten un atraso, pero niegan que haya faltantes críticos

La secretaria de Salud emitió un comunicado ante las versiones que denunciaban escasez de dosis.

Resultado de imagen para vacunasA través de un comunicado, el Gobierno anunció que esta semana comenzará la distribución de las vacunas correspondientes al tercer trimestre (julio-agosto-septiembre). Fue en el marco de las versiones sobre supuestos faltantes que harían peligrar el calendario de inmunizaciones.

"Queremos dar tranquilidad e informar que no hay faltantes, las dosis necesarias han sido entregadas en todo el país", afirmó el secretario de Salud Adolfo Rubinstein. Sin embargo, confirmó que existe un retraso en la entrega de la vacuna contra la meningitis. La adjudica a problemas del laboratorio productor.

"Hay una reducción de stock de la vacuna antimeningocócica dada la demora regional en la entrega", explayó el funcionario.

En la gacetilla oficial, aclaran que "en el caso de la vacuna Menveo (contra la meningitis), Argentina la adquiere a través del Fondo Rotatorio de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y en la actualidad el faltante está relacionado con retrasos en el proceso de fabricación".

"El Estado nacional garantiza la provisión de vacunas y distribuye anualmente 42 millones de dosis correspondientes al Calendario Nacional de Vacunación. No hay razones para alertarse ni preocuparse ya que no hay ningún faltante crítico", concluye el comunicado.

Entre martes y miércoles se reunieron en Buenos Aires los jefes de los Programas Provinciales de Inmunizaciones (PAI) de todo el país, con el fin de trazar el estado actual de provisión de vacunas, coordinar su distribución y trabajar en nuevas estrategias de salud.

Polémica por la vacuna contra el meningococo

No es la primera vez que las vacunas se encuentran en el ojo de la tormenta. En agosto del año pasado, el entonces ministro de Salud Rubinstein corroboró la suspensión del refuerzo de la vacuna contra la meningitis a chicos de 11 años. Lo atribuyó a un "problema de logística por un mecanismo poco aceitado".

Un estudio de la Sociedad Argentina de Vacunología y Epidemiología reabrió la polémica: durante 2018, al menos tres vacunas del esquema oficial tuvieron un déficit de distribución del 30% en cinco provincias. Se trataba de la antimeningocócica, la del HPV y la triple bacteriana acelular. A la vez, otras vacunas como la antigripal, la triple viral, la del rotavirus, la hepatitis A y la varicela habrían sufrido "entregas tardías".

En diálogo con Clarín, en abril de este año, Rubinstein negó las acusaciones: "No hubo faltantes críticos. Lo que hubo son inconvenientes multicausales en el último mes, pero todo está prácticamente solucionado". En cuanto a la Menveo, el secretario volvió a responder que hubo contratiempos con la distribución, "producto de un retraso del laboratorio, sumado al tema de la paridad cambiaria".

"Priorizamos las tres dosis para los menores de dos años, y suspendimos el refuerzo de los 11 años. Ahora le estamos diciendo a las provincias, como se dice en la jerga, que empiecen con el cacht up (ponerse al día)", agregó el secretario durante esa conversación.

Ante una nueva consulta, fuentes de la secretaría de Salud contestaron a este diario que desde febrero es retomo el refuerzo, pero en forma limitada ya que persiste la escasez "a nivel regional, a raíz de un problema con el laboratorio".

Fuente: Clarín

miércoles, 9 de mayo de 2018

Mendoza: implementan Registro Nominal Digital Unificado de Vacunas

Resolución N°: 449 - Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza

Título: Salud. Provincia de Mendoza. Registro Nominal Digital Unificado de Vacunas. Implementación.

Fecha B.O.: 17-abr-2018

Texto de la norma:

Resultado de imagen para vacunas
Visto el expediente EX-2018-00165489-GDEMZA-SEGE#MSDSYD, en el cual se solicita la implementación obligatoria del REGISTRO NOMINAL DIGITAL UNIFICADO DE VACUNAS en todo el territorio provincial, a través del SAMEP (Sistema de Atención Médica Programada); y CONSIDERANDO:

Que las vacunas junto con el agua potable han sido reconocidas por la Organización Mundial de la Salud como las dos medidas con mayor impacto en la reducción de la morbimortalidad por enfermedades infecciosas; Que en nuestro país se establece la obligatoriedad de la aplicación de vacunas facilitando de esta manera el acceso a las mismas; Que es prioritario conocer las coberturas de vacunación para tomar las decisiones adecuadas con el fin de evitar la reemergencia de enfermedades controladas y eliminadas; Que es necesario tener un registro fidedigno de las dosis de vacunas aplicadas en el territorio provincial que asegure contar con información sobre el historial de vacunación de cada habitante de nuestra Provincia; Que es necesario contar con datos precisos de coberturas de vacunación para fortalecer la vigilancia epidemiológica de enfermedades inmunoprevenibles; Que un registro adecuado de dosis aplicadas de vacunas nos permitiría detectar grupos de población susceptibles y actuar en consecuencia optimizando recursos; Que se trata de una competencia comprendida en las atribuciones de la Sra. Ministra, según Ley Nº 8830, Art. 17 , en especial incs. a), d), i), j), k), o) y p); Por ello, en razón de lo solicitado y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada, LA MINISTRA DE SALUD,

DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES

RESUELVE:

Artículo 1º- Implementar de manera obligatoria el REGISTRO NOMINAL DIGITAL UNIFICADO DE VACUNAS en todo el territorio provincial,a través del SAMEP (Sistema de Atención Médica Programada) en razón de lo expuesto en los considerandos de la presente resolución. 

Artículo 2º- Establecer que la Dirección de Informática deberá efectuar los actos útiles necesarios para incorporar a la totalidad de los efectores públicos de la Provincia, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto por la presente resolución. 

Artículo 3º- Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.

CDORA. ELISABETH CRESCITELLI

lunes, 4 de septiembre de 2017

Corte Constitucional de Colombia advierte que vacuna contra papiloma humano no puede ser obligatoria

El Estado no puede tomar decisiones sobre el cuerpo de los ciudadanos, pues cualquier procedimiento médico debe contar con autorización de este.

Resultado de imagen para vacuna VPHA través de una sentencia, de 136 páginas, la Corte Constitucional explicó que la vacuna contra el virus del papiloma humano no puede ser considerada obligatoria en Colombia y resaltó que el Estado no puede tomar decisiones sobre el cuerpo de los ciudadanos, porque en cualquier procedimiento médico debe ser facultad del paciente aceptarlo o rechazarlo.

La decisión se tomó luego de analizar una tutela interpuesta por la mamá de una estudiante de 15 años, en Cali, quien aseguró que luego de que le aplicaran la vacuna a su hija, empezó a presentar problemas de salud.

El Ministerio de Salud se pronunció sobre el fallo:

“No hay estudios científicos dónde se ponga en duda la salud de las niñas como lo ha pronunciado en diferentes oportunidades el comité consultivo mundial de seguridad de vacunas de la OMS”, expresó Diego García Londoño, subdirector de enfermedades transmisibles.

Además en la sentencia, la misma la Corte Constitucional le hizo una advertencia al Ministerio de Salud.

Este tema también generó una respuesta del ministerio.

"En caso de que algún padre no quisiera que su niña se vacunara debía notificarlo al colegio, a la Secretaria de Salud se firmaba un documento llamado disentimiento informado y con este documento que reposa en las Secretarias de salud no era vacunad", añadió García.

Cada año en Colombia mueren dos mil mujeres por cáncer de cuello uterino y cada año cinco mil mujeres son diagnosticadas con esta enfermedad.

Fuente: Noticias Caracol

jueves, 18 de agosto de 2016

Hay una decisión política del Estado con el fin de proteger el interés del niño que se traduce en la vacunación obligatoria

El STJ de Jujuy ratificó el rechazo al reclamo de una madre que no quería vacunar a sus hijos porque prefería utilizar un modelo homeopático. Los jueces señalaron que hay “una decisión política del Estado” con el fin “de proteger el interés del niño que se traduce en la vacunación obligatoria”.

El Superior Tribunal de Justicia de Jujuy falló en favor de la Ley 22.909 que impone la vacunación obligatoria, y de esa forma rechazó el amparo de una mujer que se oponía a la vacunación compulsiva de sus hijos.

Los jueces Laura Nilda Lamas González, José Manuel del Campo y Clara Aurora De Langhe de Falcone rechazaron el recurso interpuesto por la Defensora de Menores en autos “F. S. DE B., Ñ. y R.N. S. DE B. en Situación de Riesgo“ contra la sentencia de Cámara de Apelaciones y Control que desestimó el pedido.

La madre justificó su pedido en la existencia de un Plan Alternativo de Inmunización de una medicina basada en el modelo “homeopático”, que garantizaría – a su juicio- “igual resultado que el que ha inspirado la sanción de la Ley Nº 22.909”.

El Tribunal había justificado el rechazo con fundamento en que sólo fue formulado por uno de los progenitores, y que la oposición a la vacunación “entraña la decisión conjunta de ambos progenitores”, quienes “con unidad de criterio”, deben demostrar “que están optando por el camino más apto e idóneo para la salvaguarda de la integridad psicofísica de su descendencia”.

Los integrantes del Alto Tribunal provincial coincidieron con esa tesis, partiendo de la premisa de que el Estado Nacional “ha establecido una política de vacunación obligatoria y gratuita en la primera infancia, para combatir las enfermedades prevenibles por ese medio”.

El STJ puso foco en el contenido de la Resolución Nº 2162/2012 del Ministerio de Salud de la Nación, que declara que “se han actualizado los conocimientos sobre las vacunas en el país ajustadas al máximo nivel de evidencia científica, destacándose las que forman parte del calendario Nacional de Vacunación, que ha crecido en los últimos años hasta llegar a 16 vacunas gratuitas y obligatorias, contribución fundamental para la eliminación de enfermedades como la poliomielitis, el sarampión, la rubéola y el síndrome de rubéola congénito”.

Según el fallo, la materia en discusión versaba sobre la obligación que pesa sobre el Estado – Nacional y Provincia- en su carácter de Garante de la Salud Pública, y los alcances del derecho constitucional a la salud.

“Consecuentemente, no cabe duda –entonces- que hay una decisión política del Estado Nacional y Provincial al respecto, con el fin de proteger el interés del niño que se traduce en la vacunación obligatoria, seguido de los demás controles correspondientes”, aseguraron los magistrados.

El fallo del Superior Tribunal tiene en cuenta el contexto familiar en el que se encuentran los niños, haciendo mención a un expediente de protección de persona del que se desprende “que los infantes crecieron en un ambiente con potencialidad para causarles daños físicos y psíquicos, sin que se les proporcionara la contención médica mínima”.

“Tampoco contaron con una residencia estable e independiente, menos aún, con medios suficientes para cubrir todas sus necesidades básicas, dependiendo de la ayuda de distintos familiares. Más aún, en el caso particular de Ñ., las profesionales intervinientes constataron signos compatibles con negligencia de cuidado, higiene y contención respecto del mismo, lo que ratifica las condiciones de riesgo en la que se vieron involucrados ambos menores”, agregaron los jueces.

El Máximo Tribunal provincial no tuvo dudas al respecto y consignó que ese cuadro de situación “ evidencia la ineludible obligación del Estado de intervenir no solo de forma preventiva, sino brindando asistencia activa a los niños para suplir el ejercicio irregular de la responsabilidad parental por parte de la madre de los infantes” quien “ha incumplido deliberadamente” con las obligaciones que emanan del régimen de vacunación obligatoria “y que redundan en un perjuicio concreto a los niños”.

“La obligatoriedad del régimen de vacunación, se funda en razones de interés colectivo que hacen al bienestar general, pues, la vacunación no alcanza sólo al individuo que la recibe, sino que excede dicho ámbito personal para incidir directamente en la salud pública, siendo uno de sus objetivos primordiales el de reducir y/o erradicar los contagios en la población”, concluyó el Superior Tribunal.

Fuente: Diario Judicial - Fallo completo

viernes, 24 de junio de 2016

Costa Rica se suma a los países que aprobaron la vacuna experimental contra el dengue

Las autoridades sanitarias dieron el visto bueno al uso de la vacuna tetravalente de la farmacéutica Sanofi, que garantiza una inmunización promedio del 60 por ciento. Este es el quinto país del mundo en autorizar el uso del fármaco. 
  
Costa Rica se convirtió esta semana en el quinto país del mundo en aprobar la vacuna tetravalente de la farmacéutica francesa Sanofi contra el dengue, que protege a personas entre los nueve y 45 años de edad de los cuatro serotipos de la enfermedad. De acuerdo con una comunicado de prensa del laboratorio, el Ministerio de Salud de Costa Rica dio este martes el beneplácito a la vacuna, lo que convierte además a esta nación centroamericana en la cuarta de América Latina en aceptarla, junto a Brasil, El Salvador, México y Filipinas.

El miembro de la Sociedad Pediátrica de ese país Jorge Martínez señaló que el dengue es una enfermedad que impacta de manera significativa al país como resultado del incremento de la morbilidad y urbanización y agregó que en 2016, se registran siete mil 711 casos, un 500 por ciento más que en igual etapa de 2015. La aprobación de la vacuna nos da acceso a una herramienta que fortalecerá la prevención de esa enfermedad, que puede ser mortal, en nuestro país, indicó Martínez.

Por su parte, el director global de Asuntos Médicos del Proyecto Dengue, Sanofi Pasteur, Cesar Mascareñas, sostuvo que el virus representa un grave y creciente problema para la salud pública en muchos lugares de América Latina, relacionado con un costo humano y económico.

Por ello, apuntó, la aprobación de la vacuna en Costa Rica permitirá a los profesionales de la salud acceder a la primera herramienta clínica de prevención, por lo que podrán proteger a sus pacientes eficazmente en contra de esta enfermedad.

En abril de 2016, el Grupo de Expertos en Asesoramiento Estratégico sobre Inmunización de la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomendó a los países endémicos considerar la introducción de Dengvaxia como parte de la estrategia de prevención del dengue. Con ella, la OMS busca reducir en un 50 por ciento la mortalidad causada por el dengue, y un 25 por ciento la morbilidad para el año 2020 en países endémicos.

Fuente: Mirada Profesional

viernes, 26 de febrero de 2016

OMS: uno de cada cinco niños africanos no accede a vacunas

El 20% de los niños no tiene acceso a las vacunas básicas en África, donde se registra la cobertura de inmunización más baja del mundo, advirtió la Organización Mundial de la Salud (OMS).

En el informe "Cumpliendo con una promesa: Garantizar la inmunización para todos en África", el organismo reconoció el progreso "considerable" logrado en los últimos años, pero pidió a los líderes africanos que prioricen el acceso universal a las vacunas.

Esta cuestión se abordó a partir de esta semana en Adis Abeba, la capital etíope, durante la primera cumbre ministerial sobre inmunización que reunirá a los ministros africanos de Sanidad.

"Para que África pueda alcanzar su pleno potencial y garantizar un futuro prometedor, debemos unirnos para asegurar que todos los niños en el continente reciben las vacunas que necesitan para sobrevivir y prosperar", expresó la directora regional de la OMS para África, Matshidiso Moeti.

Así insistió en que es "inaceptable" que actualmente uno de cada cinco niños africanos no tenga acceso a estas vacunas y que solo nueve países del continente registraran una cobertura de inmunización superior al 80% en 2014.

La falta de acceso a las vacunas provoca que enfermedades como el sarampión, la rubéola y el tétanos neonatal -prácticamente eliminadas en la mayor parte del mundo- sigan estando muy extendidas en África, precisó la agencia Efe.

Aunque entre 2000 y 2014 las muertes por sarampión se redujeron en un 86%, la OMS insistió en que se necesita un mayor control para poder erradicar por completo la enfermedad.

Otro de los problemas que afrontan muchos países africanos es la fragilidad de sus sistemas sanitarios -debilitados debido a crisis como el ébola o los conflictos armados- por lo que otra prioridad deber ser fortalecerlos.

Fuente: Ámbito Financiero (Suplemento DocSalud)

jueves, 19 de noviembre de 2015

Normas de habilitación para el funcionamiento de Centros de Vacunación



Resolución 2.077/15 - Ministerio de Salud de la Nación
 
El Ministerio de salud establece las normas de habilitación para el funcionamiento de Centros de Vacunación  

Emitida el 16 de Noviembre de 2015
Boletín oficial, 19 de Noviembre de 2015

Síntesis: Salud Pública. Aprobación de las Normas Mínimas de Habilitación para el Funcionamiento de Centros de Vacunación. Deja sin efecto la Resolución Secretarial N° 67 de fecha 4 de mayo de 1995.

jueves, 12 de marzo de 2015

Se incorpora vacunación contra meningococo al Programa de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles

Resolución Ministerial 10/15 - Ministerio de Salud

Incorporación al Programa de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles la vacunación contra meningococo.

Emisión: 9 de Marzo de 2015
B.O: 12 de Marzo de 2015

Síntesis: se incorpora al Programa de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles con carácter gratuito y obligatorio, a partir del año 2015, la vacunación contra meningococo en niños mayores de tres meses de edad.

miércoles, 4 de marzo de 2015

Ébola: decisión sobre vacunación masiva se tomará en agosto

Un órgano asesor independiente decidirá en agosto, como fecha más próxima, sobre si recomienda o no la introducción generalizada de una vacuna contra el ébola dependiendo de los resultados clínicos y del curso de la epidemia, dijo el viernes la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Los tres países más afectados en África Occidental -Guinea, Liberia y Sierra Leona- planean llevar a cabo la fase final de pruebas clínicas de vacunas experimentales.

Miles de trabajadores de salud y otros expuestos al virus mortal se ofrecieron como voluntarios para participar en las pruebas, pero la cuestión de una vacunación masiva de una población numerosa sigue abierta.

El portavoz de la OMS, Christian Lindmeier, dijo sobre lo decidido en una reunión de expertos de tres días que: "La introducción de la vacuna no es en absoluto algo asegurado y dependerá de los resultados de pruebas clínicas y recomendaciones del Grupo Estratégico de Asesoría de Expertos de la OMS sobre vacunas e inmunización".

"La fecha más cercana en que se espera que el grupo haga una recomendación sobre una introducción a gran escala es agosto. Las decisiones sobre si introducir o no la vacuna serán tomadas por los ministerios respectivos de salud de los países", agregó durante una conferencia de prensa.

Existen "muchas incógnitas", dijo Lindmeier. "Dependerá de los resultados de las pruebas clínicas, la evolución de la epidemia, etc", añadió.

Una marcada disminución en los casos registrados en Liberia hará difícil probar si las vacunas experimentales funcionan en pruebas extensas, lo que significa que algunos de los análisis deberán hacerse en Sierra Leona, dijo a fines de enero el director de los Institutos Nacionales de Salud de Estados Unidos (NIH, por su sigla en inglés).

La portavoz de la OMS, Margaret Harris, dijo que "sabemos que las vacunas son seguras, sabemos que generan una buena respuesta inmunológica en los seres humanos, pero no sabemos si son efectivas cuando se tiene la enfermedad en una comunidad".

Guinea, Liberia y Sierra Leona reportaron 99 nuevos casos confirmados de ébola en la semana hasta el 22 de febrero, desde 128 la semana previa, dijo el miércoles la OMS.

En total, se han reportado más de 23.500 casos en los tres países africanos, con más de 9.500 muertes, desde que estalló el peor brote del virus en diciembre del 2013.

Fuente: Docsalud

jueves, 11 de diciembre de 2014

La OMS propone reducir las dosis de la vacuna contra el VPH

Durante el Congreso Mundial de Cáncer desarrollado la semana pasada en Australia, el organismo sanitario de Naciones Unidas presentó un informe en el que aconseja reducir a 2 dosis la vacunación frente al VPH en niñas de 9 a 13 años, con el objetivo de mejorar su accesibilidad.

Durante el reciente Congreso Mundial del Cáncer celebrado en Australia, la Organización Mundial de la Salud (OMS) presentó una nueva guía para la prevención y el control del cáncer de cérvix o cuello de útero. Entre otras cuestiones tratadas en el informe, recomienda reducir a dos dosis la vacunación frente al virus del papiloma humano (VPH) en niñas de 9 a 13 años, luego de demostrarse que esa pauta resulta igual de eficaz que la actual de tres.

Según se indica en el documento, con el objetivo de prevenir y controlar mejor estos tumores que causan cada año más de 270.000 muertes -el 85% en países en desarrollo- se busca mejorar la accesibilidad, facilitando su administración y reduciendo los costos que son especialmente altos en los países de bajos ingresos, en los que "los presupuestos sanitarios son limitados y la necesidad de contar con una vacuna es más grande".

"Actualmente las niñas de más de 55 países están protegidas gracias al uso sistemático de esta vacuna, y resulta alentador que cada vez sean más los países que la incluyen en sus calendarios vacunales", según resalta la OMS.

"No existen fórmulas mágicas, pero si se combinan los instrumentos más eficaces y asequibles que hay para prevenir y tratar el cáncer de cérvix será más fácil aliviar la presión que supone la enfermedad para los limitados presupuestos sanitarios", reconoció Nathalie Broute, experta de la OMS en prevención y control de este tumor.

Fuente: Mirada Profesional

viernes, 31 de octubre de 2014

Se extendió hasta el 30 de noviembre la campaña de vacunación contra el sarampión, la rubéola y la polio

En Argentina estas enfermedades han sido eliminadas gracias a la vacunación. La estrategia se enmarca dentro de los compromisos internacionales asumidos por nuestro país con la Región de las Américas, realizando en forma periódica campañas de vacunación contra estas enfermedades. 

El Ministerio de Salud de la Nación decidió hoy, en consenso con las jurisdicciones, extender hasta el 30 de noviembre venidero, la Campaña Nacional de Vacunación contra el Sarampión, la Rubéola y la Poliomielitis, a través de la cual se busca vacunar a todos los chicos entre 1 y 4 años inclusive, con una dosis extra de dos vacunas: la doble viral (protege contra el sarampión y la rubéola), y la vacuna contra la poliomielitis. Esta estrategia se encuentra en el marco de los compromisos internacionales asumidos por nuestro país con la Región de las Américas, realizando en forma periódica campañas de vacunación contra estas enfermedades.

En nuestro país estas enfermedades han sido eliminadas gracias a la vacunación. Sin embargo, en otras regiones del mundo continúan causando casos graves y muertes, representando un elevado riesgo de reintroducción en Argentina. El objetivo de esta campaña es seguir manteniendo este logro brindando una oportunidad extra a todos los niños de 1 a 4 años inclusive que no hubieran sido captados todavía y para quienes no hubieran respondido a la vacuna.

La medida fue dispuesta por el ministro Juan Manzur con el objeto de favorecer el acceso de los 3.000.000 de niños destinatarios de la campaña a la protección que ofrecen las vacunas contra estas enfermedades. Luego de dos meses de intenso trabajo se apunta ahora a realizar acciones intensivas para alcanzar a la población que aún no fue inmunizada y realizar monitoreo para certificar las coberturas de vacunación en las 24 jurisdicciones.

Al momento, ya han sido vacunados más de 2.000.000 chicos de todo el país, siendo Jujuy y Mendoza las provincias que lideran el avance de meta, mientras que Buenos Aires, Corrientes y Santa Cruz son las jurisdicciones que deben redoblar los esfuerzos para optimizar sus coberturas. En tanto, Misiones, Tierra del Fuego, San Luis, San Juan, Salta y Río Negro cuentan al momento con coberturas de vacunación satisfactorias.

En ese sentido, las autoridades de la cartera sanitaria nacional solicitaron colaboración a las sociedades científicas, líderes de opinión y a los pediatras en general, para la divulgación de los alcances de la campaña y la importancia que los niños reciban una dosis extra de estas vacunas independientemente de tener el Calendario de Vacunación al día. Asimismo se insta a los padres de niños entre 1 y 4 años inclusive a acercarse a los vacunatorios para que sus hijos estén protegidos.

Se trata de vacunas gratuitas y obligatorias a las que se accede en todos los centros de vacunación y hospitales públicos del país, sin necesidad de orden médica, en el marco del Programa Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles (ProNaCei).

Son dos vacunas que se dan en forma conjunta: la Doble Viral contra el sarampión y la rubéola (inyectable), y la Sabin contra la poliomielitis (que se administra en forma de gotitas por boca). Deben vacunarse todos los chicos de esas edades, más allá de que tengan las vacunas del Calendario Nacional de Vacunación al día.

Fuente: Ministerio de Salud de la Nación

lunes, 15 de septiembre de 2014

Deberán indemnizar a la familia de un niño que contrajo poliomielitis luego de recibir la vacuna

Un fallo judicial obliga al Estados nacional y al gobierno de Santa Fe a pagarle a los padres del menor, que contrajo la enfermedad luego de recibir una dosis de la vacuna Sabin. Por el mal, el menor tienen una discapacidad parcial del 68 por ciento. Según las autoridades, ocurren este tipo de reacciones cada 1,4 a 3,4 millones de dosis aplicadas.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó al Ministerio de Salud de la Nación y la provincia de Santa Fe a pagar una indemnización a los padres de un niño que contrajo poliomielitis tras la aplicación de la vacuna Sabin, un hecho que puede ocurrir en 1 caso por cada 1,4 a 3,4 millones de dosis aplicadas. Los camaristas Jorge Alemany, Guillermo Tracy y Pablo Gallegos Fedriani evaluaron que, según los médicos y como consecuencia de la aplicación de la Sabin, “el niño contrajo poliomielitis post-vacunal, diagnosticada con fecha 24 de diciembre de 2003”, con “una incapacidad parcial y permanente del 68 por ciento”.

Respecto a la actual campaña de vacunación contra sarampión, rubeola y poliomielitis, en curso en todo el país, una fuente de la Comisión Nacional de Inmunizaciones-Conain informó que “dispone la inmunización de niños a partir del año de edad, por lo tanto, ya recibieron al menos tres dosis de vacuna Sabin durante su vida, evitándose la probabilidad de presentar parálisis asociada a vacuna (PAV)”.

Según los registros internacionales, la PAV puede ocurrir para el caso de la primera dosis en 1 caso por cada 1,4 a 3,4 millones de dosis aplicadas.

Los mismos estándares indican que para la segunda dosis, la probabilidad de presentar PAV es de 1 caso por cada 5,9 millones de dosis aplicadas y, en el caso de los contactos o personas cercanas al niño, es de un caso por 6,7 millones de dosis aplicadas.

Hasta fines de octubre “unos tres millones de niños entre uno y cuatro años deben recibir una dosis extra de dos vacunas, la doble viral -protege contra sarampión y rubéola- y la Sabin oral, independientemente que tengan el calendario de vacunación al día”, recordó la fuente.

La Sabin, de administración oral, se usa en la Argentina desde la década del ’60 y permitió eliminar la enfermedad hace 30 años, en 1984, además de evitar brotes a partir del ingreso al país de personas provenientes de otras naciones portadoras del virus o enfermas”, que pueden desencadenar un brote si la población no está protegida.

La Comisión de Inmunización es un organismo técnico que asesora a las autoridades sanitarias al tomar decisiones basadas en la evidencia y/o en la epidemiología local.

La sentencia fue dictada por la Cámara ante la demanda promovida por los progenitores del chico, cuya identidad se mantuvo en reserva.

En el caso “se verifica un supuesto de responsabilidad del Estado” por su “accionar lícito, específicamente derivado del ejercicio del poder de policía sanitaria”, determinó la Sala V del tribunal.

El niño nació el 22 de enero de 2003 por parto normal y dos meses después fue llevado para una consulta al Dispensario 25 de la ciudad de Rosario, donde le indicaron la aplicación de la vacuna Sabin y la Cuádruple, lo que se cumplió en el momento.

El tribunal condenó al Estado Nacional y al provincial a pagar 720.000 pesos en concepto de incapacidad y de 280.000 en concepto de daño moral, más los intereses –tasa pasiva- desde el 25 de marzo de 2003, momento en el que, según se consideró probado, se produjo el perjuicio al niño.

Como el fallo aclaró que la indemnización es “a nombre del niño”, en el caso que los padres quieran disponer del dinero, deberán requerir la venia judicial, con la intervención del representante de menores.

Fuente: Mirada Profesional

martes, 15 de julio de 2014

Se incorporan más vacunas al calendario nacional

A través del boletín oficial se dieron a conocer las resoluciones 1028/2014 y 1029/2014, con las que se incorporan al Programa Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles la vacunación antipoliomielítica y la vacunación contra la varicela respectivamente, con carácter gratuito y obligatorio a partir del 2015.


martes, 10 de junio de 2014

Texto de la Resolución 789/14 del MSAL que incorpora las tres nuevas vacunas al calendario nacional

Resolución 789/14 - Ministerio de Salud de la Nación

Título: Salud. Campaña Nacional de Vacunación contra Sarampión, Rubeola y Poliomielitis en Niños de Uno (1) a Cuatro (4) Años. Aprobación.

Fecha B.O.: 9-jun-2014

Texto de la norma:

Visto el expediente Nº 2002-8300-14-5, del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que en 1994 los estados miembro adoptaron el objetivo de la eliminación del virus del sarampión del continente americano en el 2000, en la Resolución XVI de la XXIV Conferencia Sanitaria Panamericana.

Que la Región de las Américas interrumpió la circulación endémica del virus del sarampión en el año 2002 mientras que en otras regiones del mundo el virus circula en forma persistente notificándose letalidad en niños.

Que en países de América se han reportado brotes importados de sarampión hasta el corriente año.

Que en la REPUBLICA ARGENTINA no se reportan casos autóctonos de sarampión desde el año 2000.

Que el sarampión puede causar graves complicaciones, principalmente en niños menores de CINCO (5) años o desnutridos, como neumonía, convulsiones, meningoencefalitis, ceguera, retraso mental grave y trastornos degenerativos tardíos del sistema nervioso central.

Que no existe tratamiento específico para el sarampión.

Que desde el año 1970 se aplica la vacuna antisarampionosa a través del Calendario Nacional de Vacunación en Argentina y desde 1998 se aplica la vacuna triple viral (sarampión, rubéola y parotiditis) al año de vida y al ingreso escolar.

Que en la REPUBLICA ARGENTINA se llevaron a cabo campañas de seguimiento para sarampión en niños en edad preescolar en los años 2002, 2005 y 2009, cuyo fundamento fue ofrecer una oportunidad extra para la vacunación antisarampionosa, con el objetivo de prevenir la acumulación de personas susceptibles a través del tiempo.

Que en nuestro País se calcula que hay aproximadamente SETECIENTOS MIL (700.000) niños susceptibles al sarampión, por lo cual existe riesgo de brote secundario a la importación de casos.

Que en 2007 la 140a Sesión del Comité Ejecutivo, por Resolución del Consejo Directivo de la OPS CE140.R10, recomendó a los estados miembro a eliminar la rubéola y el Síndrome de Rubéola Congénita (SRC) de las Américas, culminando con la implementación de las estrategias de vacunación.

Que diversas regiones del mundo presentan brotes de rubéola y casos de SRC.

Que en la REPUBLICA ARGENTINA no se reportan casos autóctonos de rubéola y SRC desde el año 2009.

Que la rubéola cuando es padecida por una mujer embarazada susceptible al virus, produce infección fetal y SRC en el primer trimestre del embarazo en NOVENTA POR CIENTO (90%) de los niños en gestación.

Que el Síndrome de Rubéola Congénita (SCR), produce muertes fetales y neonatales, y graves malformaciones en el recién nacido, causando sordera, ceguera y cardiopatías congénitas estructurales y no estructurales, así como severos trastornos de aparición tardía.

Que para eliminar la circulación del virus de la rubéola en niños y adultos, Argentina ha realizado campañas de vacunación masiva en mujeres y varones en edad fértil y niños menores de CINCO (5) años, logrando altas coberturas de vacunación.

Que no existe tratamiento específico para la rubéola ni el SRC.

jueves, 13 de febrero de 2014

Gratuita y obligatoria: proponen incluir la vacuna contra la varicela en el calendario nacional

Un legislador presentó un proyecto para que se incluya en el calendario oficial la vacunación contra la enfermedad, que hasta el momento en sólo dos provincias se aplica oficialmente. Se pide además generar campañas de concientización contra este mal, que no suele ser grave pero puede generar complicaciones. En Europa varios países viven brotes preocupantes.

Mientras que en países europeos como España la varicela vuelve a ser noticia por varios brotes importantes –producidos por el retiro de la vacuna de las farmacias y la tendencia de grupos liberales a no utilizar el fármaco por elección –en nuestro país la enfermedad se mantiene controlado hace unos años hubo algunos picos aislados, como el sucedido en la localidad bonaerense de Lezama, pero se mantiene estable en líneas generales. En la actualidad, dos provincias incluyen la vacuna contra esta eruptiva clásico de los niños en el calendario oficial. Pero un legislador quiere que la vacuna se aplique de forma gratuita en todo el país, por lo que acaba de proponer su inclusión en la grilla nacional.

El senador del FAP Jaime Linares pidió que la vacuna contra la varicela sea parte del calendario nacional de vacunación, para que su aplicación sea gratuita y obligatoria. Para esto presentó un proyecto con ese objetivo, en el que también recomienda al ministerio de Salud que encare campañas de concientización contra la enfermedad, que si bien no suele ser grave puede generar en algunos casos complicaciones serias.

“Consideramos fundamental un plan de vacunación gratuito, a fin de velar por el derecho a la salud, procurando que el acceso a la misma sea igual para todos y asimismo para disminuir las hospitalizaciones y los riesgos letales”, explicó el legislador. El proyecto propone que el Ministerio de Salud de la Nación sea la autoridad de aplicación y coordine con las autoridades sanitarias de cada jurisdicción el cumplimiento de la norma.

Asimismo, plantea que se realicen campañas de difusión masivas, “destinadas a concientizar a la población sobre la importancia de la aplicación de la vacuna”. Según Linares, “se estima que la aplicación de la vacuna garantiza una inmunidad duradera del 95 al 100 por ciento, detectándose un buen nivel de anticuerpos pasados 10 años desde su aplicación”. “Sólo un pequeño número de personas que se aplican la vacuna contraen la enfermedad –agregó-, aunque en esos casos los efectos serán mucho más leves que los que se observan en las personas que no recibieron la vacuna”.

En la actualidad, sólo dos provincias tienen incluida la vacuna contra la varicela en el calendario oficial. La última en agregarla fue San Luis que a partir del 1º de julio del año pasado comenzó a vacunar contra el mal. En este caso, la vacuna tiene una sola aplicación en los niños de 15 meses, nacidos a partir del 1 de abril de 2012 y la administración es por vía subcutánea.

“Se trata de un avance muy importante en lo que hace a las políticas de salud, porque le permite el acceso a toda la población de manera gratuita y obligatoria de la administración de las dosis correspondientes a estas vacunas”, dijo Teresa Nigra, ministra de Salud puntana.

El virus de la varicela se transmite de persona a persona, por contacto directo con lesiones cutáneas o vía aérea al toser o estornudar. El síntoma más característico es una erupción generalizada en forma de pequeños granos que, en poco tiempo, se convierten en ampollas que causan picazón y, en pocos días, se transforman en costras.

En Europa, varios países viven brotes serios del mal, en especial España, que decidió retirar la vacuna de las farmacias. La decisión de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) de no permitir más la venta de la vacuna en mostradores generó críticas del sector. Para la Sociedad Española de Farmacéuticos Comunitarios (SEFAC), el gobierno “confunde financiación con eficacia, y no es la primera vez que se mezclan ambas cosas”. Esto se agrava por los muchos grupos anti vacunas, que deciden no usar los fármacos en sus niños, y terminan propagando el virus.

Fuente: Mirada Profesional Farmacéutica

jueves, 23 de enero de 2014

Resoluciones 51/2014 y 53/2014 del MSAL: modificaciones en el Calendario Nacional de Vacunación

El Gobierno modificó el Calendario Nacional de Vacunación al cambiar el período de aplicación para el primer refuerzo de la cuádruple y la quíntuple, y para el cuarto refuerzo de la antipoliomielítica oral OPV o Sabin.

Concretamente, estableció que deben administrarse "entre los quince y los dieciocho meses", en lugar de al año y medio. Además, modificó la indicación de revacunación cada diez años contra la fiebre amarilla, al instaurar la aplicación de una única dosis de refuerzo a los 11 años, mientras desplazó del año a los dieciocho meses la primera aplicación.

Los cambios en el Calendario Nacional de Vacunación fueron publicados el pasado martes en el Boletín Oficial con las resoluciones 51/2014 y 53/2014, firmadas por el ministro de Salud, Juan Manzur.

"Modifícase el Calendario Nacional de Vacunación en cuanto a la inmunización con las vacunas cuádruple/quíntuple (primer refuerzo) y OPV (cuarto refuerzo) entre los quince y los dieciocho meses de vida, para todos los habitantes del territorio nacional", estableció el artículo 1° de la disposición 51/2004, y precisó: "En los casos de personas con esquemas incompletos, se procederá a completarlos".

La resolución argumentó "que los dieciocho meses de vida representan el grupo etario con mayor dificultad para lograr altas tasas de coberturas de vacunación en la edad pediátrica, en la Argentina".

Además, adujo "que los controles pediátricos ya consensuados y establecidos en nuestro país en niños entre doce y veinticuatro meses se realizan sistemáticamente con una frecuencia trimestral, considerándose oportuno fortalecer los quince y dieciocho meses como edades clave para la captación y vacunación de la población".

El artículo 1° de la resolución dispuso: "Modifícase la indicación de revacunación cada diez años contra la fiebre amarilla en el Calendario Nacional de Vacunación y recomiéndase la aplicación de una única dosis de refuerzo a los once años".

La disposición argumentó que la Organización Mundial de la Salud (OMS) se expidió el 5 de julio último "acerca de la falta de necesidad de la aplicación de dosis de refuerzo de la vacuna contra la fiebre amarilla en forma sistemática cada diez años, en virtud de la evidencia científica disponible acerca de la duración de la inmunidad después de la administración de una única dosis".

El artículo 2 de la misma resolución, en tanto, modifica la fecha de la primera vacunación contra la fiebre amarilla, desplazándola a los dieciocho meses de vida.

La disposición adujo "que la administración a los doce meses de vida coincide con la aplicación de la vacuna triple viral, habiéndose descripto posible interferencia en la respuesta inmune con los componentes contra la parotiditis y la rubéola".

Fuente: Diario La Nación

Textos completos de las normas: