Partes: R., L. L. c/ Galeno Argentina S.A. s/ abreviado -
otros - recurso de apelación
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de
Córdoba
Fecha: 4-jul-2013
Sumario:
1.-Corresponde confirmar el decisorio apelado que declara
procedente la impugnación de la resolución contractual, la validez plena del
contrato y la orden de reestablecer la cobertura médico asistencial en forma
integral al accionante, por cuanto el hecho de estar incurso en mora en
relación al pago de las cuotas, no habilitaba a la empresa de medicina prepaga
a dar por rescindido el contrato unilateralmente y sin otorgar un plazo al
afiliado a fin que regularice su situación, bajo apercibimiento de resolución,
y de conformidad al art. 1204 del C.C.
2.-Corresponde revocar parcialmente la sentencia apelada en
cuanto impone a la empresa de medicina prepaga la multa civil prevista en el
art. 52 bis de la ley 24.240, toda vez que no se advierte que el obrar de la
demandada sea compatible con una conducta deliberada, o haya incurrido en culpa
grave, dolo, negligencia grosera, temeraria, o actuación cercana a la malicia.
3.-Corresponde revocar la condena en costas, las que deberán
recaer sobre ambas partes, en un cincuenta por ciento para cada una de ellas,
atento existir mutuos vencimientos -art. 132
del CPC- en ambas instancias.
Fallo: