miércoles, 6 de noviembre de 2013

La Justicia determinó que una prepaga no podía rescindir contrato a afiliado sin intimación previa de pago

Partes: R., L. L. c/ Galeno Argentina S.A. s/ abreviado - otros - recurso de apelación

La empresa de medicina prepaga no puede rescindir el contrato sin intimar previamente al afiliado a regularizar el pago de las cuotas y otorgar un plazo para ello.

Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba 
Fecha: 4-jul-2013

Sumario: 

1.-Corresponde confirmar el decisorio apelado que declara procedente la impugnación de la resolución contractual, la validez plena del contrato y la orden de reestablecer la cobertura médico asistencial en forma integral al accionante, por cuanto el hecho de estar incurso en mora en relación al pago de las cuotas, no habilitaba a la empresa de medicina prepaga a dar por rescindido el contrato unilateralmente y sin otorgar un plazo al afiliado a fin que regularice su situación, bajo apercibimiento de resolución, y de conformidad al art. 1204  del C.C.

2.-Corresponde revocar parcialmente la sentencia apelada en cuanto impone a la empresa de medicina prepaga la multa civil prevista en el art. 52 bis de la ley 24.240, toda vez que no se advierte que el obrar de la demandada sea compatible con una conducta deliberada, o haya incurrido en culpa grave, dolo, negligencia grosera, temeraria, o actuación cercana a la malicia.

3.-Corresponde revocar la condena en costas, las que deberán recaer sobre ambas partes, en un cincuenta por ciento para cada una de ellas, atento existir mutuos vencimientos -art. 132  del CPC- en ambas instancias. 

Fallo:

martes, 5 de noviembre de 2013

Se ordena a obra social brindar cobertura total de tratamiento a afiliada que padece anorexia nerviosa

Partes: Y. M. c/ Obra Social Unión personal de la Unión del personal civil s/ incidente de apelación de medida cautelar

La obra social debe brindar cobertura del 100 % de la internación en una clínica para trastornos alimentarios a la afiliada que padece anorexia nerviosa subtipo purgativa y trastorno límite de la personalidad y es declarada paciente de riesgo.

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal 
Sala/Juzgado: III 
Fecha: 3-jul-2013

Sumario: 

1.-Corresponde confirmar la sentencia que hizo lugar a la pretensión cautelar solicitada y ordenó a la obra social demandada proveer a la afiliada la cobertura del 100% de la internación en la clínica pretendida, según lo prescripto por su médico tratante y hasta que se dicte sentencia definitiva, atento al régimen de la ley 26396  sobre trastornos alimentarios aplicable al caso.

2.-Si bien es cierto que la clínica requerida por la amparista para brindar el tratamiento que según la patología de la afiliada requiere, no resulta ser un prestador de la demandada, ésta tiene el deber de suministrarle al paciente primero y al Tribunal después, toda la información que permita juzgar sobre la idoneidad y experiencia de los profesionales e instituciones de su cartilla en condiciones de atender la patología de la actora, circunstancia que no se ha verificado en el presente, lo que conduce al acogimiento de la pretensión cautelar. 

Fallo:

Buenos Aires, 3 de julio de 2013.

lunes, 4 de noviembre de 2013

Entre Ríos: crean programa para la provisión de prótesis dentales a población de bajos recursos

Ley 10.248 - Legislatura de la Provincia de Entre Ríos

Salud bucal. Se crea programa destinado a proveer de prótesis dentales a la población de bajos recursos.

Fecha de sanción: Paraná, 24 de setiembre de 2013.
Fecha de promulgación: Paraná, 16 de octubre de 2013.
Fecha de publicación: B.O. 23/10/2013.

Sumario:

Salud pública. Se crea un Programa Entre Ríos Sonríe, destinado a proveer de prótesis dentales a la población entrerriana de bajos recursos. Requisitos. Alcance.

Texto:

La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de

L E Y :

Art. 1º: Créase el Programa Entre Ríos Sonríe, el que tiene por objeto proveer de prótesis dentales a la población entrerriana de bajos recursos.

Art. 2º: El Programa está destinado a las personas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Que no posean obra social ni medios económicos para afrontar los gastos necesarios para el alta integral odontológica;
b) Que hayan desarrollado habilidades para el autocuidado de la salud bucal;
c) Que cumplan con el objetivo de concurrir semestralmente al odontólogo a la visita preventiva.

viernes, 1 de noviembre de 2013

Entre Ríos adhiere a la ley de Promoción para la Toma de Conciencia Sobre la Relevancia Social de la Donación de Organos

Ley 10.247 - Legislatura de la Provincia de Entre Ríos 

Sancionada el 24 de septiembre de 2013
Boletín Oficial, 23 de octubre de 2013

Ley de Promoción para la toma de conciencia sobre la Relevancia de la Donación de Órganos. Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 26.845.

El embarazo adolescente representa 15% de nacimientos en Argentina

Aseguran que es una alerta temprana de la desigualdad porque está ocurriendo en hogares pobres y sin inversión en bienes públicos.

ADOLESCENTES.  (La Voz/Archivo).El embarazo adolescente representa el 15% del total de nacimientos en Argentina, reportó el Informe sobre Estado de la Población Mundial 2013 de Naciones Unidas, acerca de un fenómeno que representa un desafío a nivel regional y mundial. "La maternidad en la adolescencia es más frecuente entre las jóvenes de sectores pobres y las que tienen menor nivel educativo", afirma el informe del Fondo de Población de Naciones Unidas-Unpfa.

De unos 700.000 nacimientos que anualmente se registran en el país, 114.500 son de madres adolescentes.

Las cifras refieren a una población total de siete millones de adolescentes, de 10 a 19 años, que representan el 17% de la población total en Argentina.

"En Argentina, el embarazo adolescente representa el 15% del total de nacimientos", sostiene el Informe de Población 2013.

"Cuando una adolescente queda embarazada, cambia radicalmente su presente y su futuro, y en rarísimas ocasiones lo hace para bien”, enfatizó el nigeriano Babatunde Osotimehin, director ejecutivo del Fondo de Población de Naciones Unidas-Unpfa.